Varias sentencias confirman ilegalidad en arrendamiento del Teatro Agua y Luz
Empresa arrendataria vinculada a hijo de Miguel Vargas somete segunda casación
Con el rechazo de una casación por parte de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) y el fallo reciente del Tribunal Superior Administrativo (TSA), que confirmó el primer dictamen de una de sus salas del pasado año, ya son tres los fallos judiciales que confirman la irregularidad del arrendamiento del legendario Teatro Agua y Luz a una empresa de un hijo de Miguel Vargas Maldonado.
Ayer todavía los medios no accedían a la última sentencia íntegra del TSA, dictada recientemente, cuando ya el equipo de abogados que representan a Alan Omar Vargas García ya la habían recurrido a una segunda casación ante la SCJ, según la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP).
El arrendamiento del Teatro Agua y Luz se aprobó en el 2015 por un período de 25 años a la Consultoría Astur, S.A. (arrendataria), el que la DGCP ha declarado ilegal porque omitió el plazo mínimo para la presentación de ofertas y las cláusulas fundamentales en el contrato de concesión, entre otros requisitos establecidos en la Ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones.
La primera vez que el caso llegó en casación a la SCJ esta declaró su inadmisibilidad en febrero de este mismo año, al acoger la petición de la DGCP de que no se admitiera.
Consultoría Astur, S.A recurrió en casación la sentencia 0030-01-2021-SSMC-00016 de fecha 26 de enero de 2021, también dictada por el TSA, en la cual se rechazó la solicitud de medida cautelar solicitada por la compañía en contra de la resolución RIC-96-2020, dictada por la DGCP.
La primera decisión del TSA consideró improcedente la medida cautelar de Consultoría Astur, S.A porque no reunía los requisitos exigidos en la Ley 13-07 sobre ese tribunal, en el sentido de que la arrendataria del Teatro Agua y Luz no había realizado trabajos de remozamiento de ese bien inmueble de carácter público, y no evidenció las razones por las que no había recibido las remodelaciones contratadas, según una documentación de Contrataciones Públicas.
La resolución RIC-96-2020, emitida al inicio de la actual gestión de Carlos Pimentel en la DGCP, anuló el proceso de licitación CFIH-CCC-LPN-2015-001 efectuada por la Corporación de Fomento de la Industria Hotelera y Desarrollo del Turismo (Corphotels), por tratarse de un contrato de concesión ilegal a 25 años y no de arrendamiento como fue convocado.
“Ahora recibimos la sentencia del recurso contencioso (sobre el litigio entre las dos partes) que es la sentencia de fondo, que es a nuestro favor y de esa sentencia, pues ya ellos también interpusieron otra casación”, informó la consultora jurídica de la DGCP, Raquel Miranda.
No obstante, Miranda dijo que esta fase contenciosa ya se permite recurrirla, por lo que la alta corte puede admitirla y fallar a favor o en contra de Consultoría Astur, S.A, presidida por Vargas García, que está representado por los abogados Julio Cury, Eduardo Jorge Prats, Luis Sousa Duvergé y Roberto Medina.
"Esa decisión de recurrir esa sentencia es totalmente obstinada porque es que no vemos para qué ellos quieren ese inmueble si no han hecho nada en casi ocho años que tiene adjudicado", manifestó Miranda.
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