Actualizar el marco legal no puede abrir la puerta al control político de los contenidos ni legitimar organismos que operen al margen de las garantías constitucionales.
https://resources.diariolibre.com/images/2025/05/28/screen-shot-2025-05-28-at-52957-pm-cf9f4e6d.pngPara que una ley sobre libertad de expresión tenga legitimidad debe ser fruto de un proceso colaborativo, transparente y plural.
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Resumen
El proyecto de ley orgánica de libertad de expresión y medios audiovisuales en República Dominicana busca modernizar una legislación obsoleta de más de seis décadas, sustituyendo la Ley 6132. Propone la creación del Instituto Nacional de Comunicación (INACOM) como ente regulador, generando debates sobre su autonomía y posibles riesgos de censura previa, prohibida por la Constitución. El texto incluye avances como la cláusula de conciencia, el secreto profesional, el derecho a Internet y la protección de audiencias vulnerables. Sin embargo, plantea desafíos para regular sin reprimir, especialmente en el entorno digital, con medidas como la representación legal obligatoria para plataformas digitales con más del 10% de usuarios dominicanos. La ley debe ser resultado de un proceso plural y transparente, involucrando diversos actores para fortalecer la democracia y garantizar el derecho a la libre expresión, evitando el control político y promoviendo la confianza institucional.
Punteo
El proyecto de ley busca sustituir la Ley 6132, vigente por más de 60 años.
Se propone crear el Instituto Nacional de Comunicación (INACOM) como ente regulador autónomo.
Surgen preocupaciones sobre la independencia real del INACOM y posibles censuras previas.
El artículo 24 exige que plataformas digitales con más del 10% de usuarios dominicanos tengan representación legal en el país.
El proyecto reconoce cláusula de conciencia, secreto profesional, derecho a Internet y prohíbe la censura previa.
Incluye principios de pluralismo, neutralidad de la red y protección especial a niños, adolescentes y personas con discapacidad.
República Dominicana se ubica en segundo lugar regional en libertad de expresión, aunque enfrenta desafíos como control indirecto de medios y desinformación digital.
Se enfatiza la necesidad de un proceso legislativo plural, transparente y colaborativo para legitimar la ley.
La ley debe ser un instrumento para la democracia, evitando el control político y garantizando la libre expresión.
Destacados
estas disposiciones podrían vulnerar frontalmente el artículo 49 de la Constitución, que prohíbe la censura previa, así como el artículo 69, sobre tutela judicial efectiva (juez emérito Rafael Díaz Filpo)
Regular sin silenciar requiere de un equilibrio fino, casi artesanal (Artículo)
El proyecto reconoce la cláusula de conciencia, el secreto profesional, el derecho a Internet y la prohibición explícita de la censura previa (Artículo)
La ley no puede ser percibida como un logro político del gobierno en su disputa con otros actores. Debe concebirse como una ley para la democracia (Artículo)
Es indispensable incorporar a gremios periodísticos, defensores de derechos humanos, académicos, legisladores de distintos sectores y representantes de medios (Artículo)
Datos
Antigüedad de la Ley 6132
60 años
Porcentaje mínimo de usuarios dominicanos para representación legal en plataformas digitales
10%
Población de República Dominicana
11,000,000
Población de la Unión Europea
429,700,000
Posición de República Dominicana en libertad de expresión a nivel regional
2
FAQ
¿Cuál es el objetivo principal del proyecto de ley?Modernizar el marco jurídico de libertad de expresión y medios audiovisuales, sustituyendo una ley obsoleta de más de 60 años.
¿Qué organismo regulador se propone en el proyecto?El Instituto Nacional de Comunicación (INACOM), definido como autónomo pero con atribuciones que generan debate sobre su independencia.
¿Qué preocupaciones existen respecto al INACOM?Que pueda vulnerar la prohibición constitucional de censura previa y afectar la tutela judicial efectiva.
¿Qué exige el artículo 24 del proyecto para las plataformas digitales?Que las plataformas con más del 10% de usuarios dominicanos tengan representación legal en el país.
¿Qué avances incluye el proyecto de ley?Reconoce la cláusula de conciencia, secreto profesional, derecho a Internet, prohíbe la censura previa y promueve pluralismo y neutralidad de la red.
¿Cuál es la posición actual de República Dominicana en libertad de expresión en la región?Está en segundo lugar, con buena puntuación y sin persecuciones sistemáticas ni asesinatos de periodistas.
¿Por qué es importante un proceso plural y transparente para esta ley?Para garantizar legitimidad, fortalecer la democracia y evitar que la ley sea vista como un logro político parcial.
¿Qué riesgos existen si la regulación no se maneja con responsabilidad democrática?Puede abrir la puerta al control político, censura y limitar la libre expresión y participación ciudadana.
Glosario
Ley 6132: Ley vigente en República Dominicana sobre libertad de expresión y medios audiovisuales que se busca sustituir.
Instituto Nacional de Comunicación (INACOM): Entidad propuesta como regulador autónomo de medios y contenidos audiovisuales.
Censura previa: Prohibición constitucional de controlar o impedir la difusión de contenidos antes de su publicación.
Cláusula de conciencia: Derecho de los periodistas a negarse a realizar acciones contrarias a sus principios éticos.
Neutralidad de la red: Principio que garantiza el acceso equitativo y sin discriminación a todos los contenidos en Internet.
Tutela judicial efectiva: Derecho constitucional a que los ciudadanos puedan recurrir a la justicia para proteger sus derechos.
Pluralismo: Principio que promueve la diversidad de opiniones y medios en el espacio público.
Representación legal: Obligación de plataformas digitales de tener un representante legal en el país si superan cierto porcentaje de usuarios.
En las películas de Hollywood, las grandes decisiones normativas se convierten en dramas épicos, repletos de giros, tensiones y zancadillas. La diferencia con la vida real tal vez sea que no contamos con una banda sonora de John Williams.
Sin embargo, las posturas son igual de intensas. Las redes como X (antes Twitter) se han transformado en verdaderos cuadriláteros donde todo parece estar permitido. Uno de los casos más recientes es el proyecto de ley orgánica de libertad de expresión y medios audiovisuales, presentado por el Poder Ejecutivo ante el Congreso Nacional.
El texto, ambicioso y necesario en varios aspectos, busca modernizar un marco jurídico que acumula más de seis décadas de obsolescencia. Sustituir la Ley 6132 constituye una deuda institucional impostergable.
Sin embargo, entre las buenas intenciones y los riesgos reales, existe un tramo delicado que debe recorrerse con responsabilidad democrática.
El primer desafío es cómo regular sin reprimir. Actualizar el marco legal no puede abrir la puerta al control político de los contenidos ni legitimar organismos que operen al margen de las garantías constitucionales.
El Instituto Nacional de Comunicación (INACOM), propuesto como ente regulador, ha generado posiciones encontradas. Aunque se le define como autónomo, tanto el proceso de designación de sus autoridades como el alcance de sus atribuciones —que incluyen sancionar medios, suspender transmisiones y eliminar contenidos— despiertan legítimas preocupaciones sobre su independencia real.
Voces críticas, como la del juez emérito Rafael Díaz Filpo, han advertido que estas disposiciones podrían vulnerar frontalmente el artículo 49 de la Constitución, que prohíbe la censura previa, así como el artículo 69, sobre tutela judicial efectiva.
El debate no es meramente técnico: es profundamente político y ético. Regular sin silenciar requiere de un equilibrio fino, casi artesanal.
Y no se trata solo de proteger al periodismo profesional. También está en juego el derecho de cada ciudadano a expresarse, informar y disentir. En un entorno digital, descentralizado e hiperconectado, las barreras regulatorias pueden transformarse fácilmente en obstáculos para nuevas voces, medios emergentes o plataformas alternativas.
El artículo 24 del proyecto, por ejemplo, establece que las plataformas digitales con más de un 10 % de usuarios dominicanos deberán contar con representación legal en el país. Aunque comprensible desde una perspectiva regulatoria, esta exigencia podría convertirse en un obstáculo para la libre circulación de ideas en un ecosistema global.
Es cierto que esta medida se asemeja a la adoptada por la Unión Europea respecto al almacenamiento de datos. No obstante, los poco más de 11 millones de habitantes de la República Dominicana no representan, en términos de mercado ni capacidad de presión, lo mismo que los 429.7 millones de ciudadanos europeos.
Los avances
Por otro lado, el proyecto también introduce avances importantes. Reconoce la cláusula de conciencia, el secreto profesional, el derecho a Internet y la prohibición explícita de la censura previa.
Además, incorpora principios clave como el pluralismo, la neutralidad de la red, el acceso equitativo a medios públicos y los derechos de las audiencias —especialmente niños, adolescentes y personas con discapacidad—. Este enfoque garantista debe ser defendido y potenciado en el debate legislativo.
El informe más reciente sobre libertad de expresión ubica a la República Dominicana en segundo lugar a nivel regional, con una puntuación destacada. No se registran persecuciones sistemáticas ni asesinatos de periodistas.
Sin embargo, persisten desafíos relevantes: el control indirecto de medios, la débil protección institucional al ejercicio periodístico y casos no resueltos de desinformación digital. El país necesita no solo leyes modernas, sino también instituciones sólidas, mecanismos transparentes y una ciudadanía activa.
La clave está en construir confianza. Para que una ley de libertad de expresión tenga legitimidad, debe ser fruto de un proceso colaborativo, transparente y plural. Es indispensable incorporar a gremios periodísticos, defensores de derechos humanos, académicos, legisladores de distintos sectores y representantes de medios.
Esta ley no puede ser percibida como un logro político del gobierno en su disputa con otros actores. Debe concebirse como una ley para la democracia, el antídoto contra el pensamiento único y una garantía para la estabilidad social que el país ha sostenido.
Ojalá que el proceso de diálogo generado en torno a este proyecto de ley conduzca al fortalecimiento institucional y democrático del país. La discusión no es solo legítima, sino necesaria.
Es el camino más seguro para lograr un equilibrio justo entre la regulación indispensable y la garantía irrenunciable del derecho de toda persona a expresarse, informarse y participar activamente en la vida pública.
Profesional de la comunicación, especializado en la dirección y planificación de estrategias alineadas a los objetivos de negocio. Es director de Cuentas en Newlink Dominicana.
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