Petro defiende decreto que elimina multas a los que porten droga para uso personal
El decreto derogó uno anterior que establecía sanciones administrativas para el porte de las cantidades de droga que comprenden una dosis personal
El presidente colombiano Gustavo Petro salió al paso el domingo de una serie de cuestionamientos sobre un decreto que elimina las multas a los que porten droga para uso personal, asegurando que no se ha despenalizado el tráfico de sustancias ilícitas en el país.
Con el decreto del 7 de diciembre, el gobierno derogó uno anterior emitido en octubre de 2018 durante la presidencia de Iván Duque, que establecía procedimientos para la policía en la imposición de sanciones administrativas para el porte de las cantidades de droga que comprenden una dosis personal.
Según la ley de estupefacientes, dicha dosis no debe superar los 20 gramos de marihuana, cinco de hachís, dos de metacualona y uno de cocaína.
“Estamos en un país donde ha hecho carrera que la lucha contra el narcotráfico es poner presos campesinos cultivadores de hoja de coca y jóvenes consumidores pobres, mientras el poder se abraza con los grandes capos del narcotráfico y recibe sus donaciones”, escribió el mandatario el domingo en la cuenta de la red social X, antes Twitter.
Una de las críticas provino del expresidente Duque, quien en la red X afirmó que con el decreto “van a premiar a jíbaros (narcotraficantes), legalizar el microtráfico y afectar parques, espacios públicos y entornos seguros”.
Calificó a la decisión del gobierno como “torpe” y consideró que se debilita aún más la acción de las autoridades.
En tanto, un comunicado de la Presidencia colombiana enviado el domingo a periodistas insistió que “todas las normas de penalización de la comercialización de drogas y el narcotráfico siguen vigentes”.
La víspera, el ministro de Justicia, Néstor Osuna, explicó en un video que el tráfico y microtráfico “sigue severamente prohibido” y que “el decreto lo único que hace es derogar una sanción de multa que había puesto el gobierno anterior para el porte de dosis”.
Según Osuna, esto responde a un pronunciamiento de la Corte Constitucional que a través de sentencias previas señala, según dijo, que “el porte no se puede sancionar administrativamente”, puesto que “lo que está prohibido en Colombia es el comercio, el tráfico” de sustancias ilícitas.
También se refirió a una normativa de 2021 que restringe el consumo en lugares públicos, lo cual -dijo- el ministro, la Corte también establece que le corresponde regular a los municipios.
El ministro de Defensa, Iván Velásquez, había dicho en X que el decreto “solo pretende ajustar la normativa a la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia y de la Corte Constitucional”.
El alcalde electo de Bucaramanga, Jaime Beltrán, afirmó el domingo en un video que “no permitirá la comercialización de droga ni alrededor de los colegios, ni los espacios públicos y mucho menos en los parques” de esa localidad.
Mientras Carolina Arbeláez, congresista del partido de oposición Cambio Radical, lamentó que, con la derogación del anterior decreto, “se permite la libre tenencia y consumo de todas las sustancias psicoactivas ilícitas, se fortalece el microtráfico y pone en riesgo los entornos escolares”.