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Germania Montás: "Aumento de la retención afectará liquidez de trabajadores independientes"

Germania Montás, exsubdirectora de Impuestos Internos, explica cómo perjudican o benefician algunos de los cambios contemplados en la legislación fiscal

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Germania Montás: Aumento de la retención afectará liquidez de trabajadores independientes
La economista Germania Montás. (FUENTE EXTERNA)

Desde final de la semana pasada es ley la iniciativa que presentó el Gobierno para, entre otras cosas, aumentar sus recaudaciones entre 40,000 y 50,000 millones de pesos, mediante el aumento de algunas tasas y montos de impuestos. 

Diario Libre conversó con la economista y exsubdirectora de Impuestos Internos, Germania Montás, acerca de algunos cambios impositivos contemplados en la legislación. 

-Se aprobó que la retención a trabajadores independientes y a los alquileres pase de un 10 % a un 15 %. ¿Qué significa esto? 

Un incremento del porcentaje de retención sobre los honorarios no aumenta el impuesto total a pagar porque las retenciones, en este caso, funcionan como una especie de pago adelantado (a cuenta, se llaman) que luego se compensa del tributo que resulta al momento de hacer la declaración de impuesto sobre la renta (ISR) anual. 

Lo que si afecta es la liquidez del contribuyente porque además de pagar anticipos ahora recibirá menos dinero del facturado que antes. 

En el caso de los alquileres es diferente. Si bien aumenta la retención de 10 % a 15 %, disminuye el impuesto total a pagar porque las retenciones son un pago único y definitivo, de manera que la tasa del impuesto es 15 %. Hasta esta modificación le correspondía pagar las tasas de ISR de las personas físicas, que van de 15 % a 25 % (ahora hasta 27 %, por el nuevo tramo agregado). Como se observa, la diferencia con la retención sobre honorarios es que, en el caso de los alquileres, no es un abono al impuesto, sino un pago único y definitivo. 

-¿Cómo perjudica a los independientes? 

Por ejemplo, si brindo servicios profesionales durante todo el año por un monto de 1.8 millones de pesos, el total de las retenciones de ese año serían de 270 mil pesos (15 % de los montos que me pagaron). Es decir, facturé 1.8 millones y recibí 1,530,000 pesos. 

Al presentar la declaración jurada anual del ISR, suponiendo que no hay anticipos ni otras deducciones, me tocaría pagar 298,000 pesos aplicando los tramos de impuesto según la Ley 30-26 y restando el monto de las retenciones que se realizaron durante el año, el resultado a pagar es 28 mil pesos.

Antes de modificar la ley, en el mismo caso y por el mismo monto, la retención hubiera sido 180,000 pesos y el profesional hubiera recibido 1,620,000 pesos. Pero el monto a pagar en el año sería de 312,995 pesos, quedando como diferencia por pagar 132,995.28. Es decir, antes el resultado era mayor, porque el tramo de ingreso que está exento fue incrementado.

-Aduanas percibirá ITBIS a informales, ¿qué tan factible es aplicar esta medida? 

La viabilidad de la medida dependerá en gran medida de cómo se defina el término “informal” en la reglamentación. Una definición imprecisa podría afectar a quienes importan para consumo personal, sin que ese sea el objetivo de la norma.

Desde el punto de vista estructural, la medida implica gravar el mismo bien con ITBIS de dos maneras distintas, según quién sea el importador, lo que introduce complejidad normativa y operativa.

Son imprescindibles ajustes tecnológicos para que funcione.


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Periodista especializado en economía y finanzas. Desde 2012, ejerce la profesión en diversos medios de comunicación.