Fuerza del Pueblo denuncia que el Gobierno cedió aguas territoriales a Países Bajos con acuerdo
Seis jueces del Tribunal Constitucional rechazaron el acuerdo por las mismas razones, sin embargo, la alta corte lo declaró acorde con la Constitución
El partido Fuerza del Pueblo (FP) rechazó la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que declaró conforme a la Constitución el Acuerdo entre la República Dominicana y el Reino de los Países Bajos sobre legitimación marítima.
En el convenio, firmado por el canciller Roberto Álvarez, el gobierno cedió una parte importante de sus aguas territoriales frente a su costa sur, en el mar Caribe, a favor de las islas Aruba, Curazao y Bonaire, propiedad del Reino de los Países Bajos ubicada al norte de Venezuela, según la denuncia de la Secretaría de Asuntos Internacionales de la FP.
Manolo Pichardo, su coordinador, coincidió con los argumentos expresados por los seis jueces del TC que rechazaron el acuerdo en el sentido de que no se reconoció la Ley número 66-07, que declara a la República Dominicana como estado archipelágico y define una Zona Económica Exclusiva que se expandió hasta 200 millas náuticas.
Los firmantes se basaron en el “principio de equidistancia” entre la República Dominicana y las colonias del Reino de Países Bajos en el Caribe, y no sobre el “Principio de Equidad”.
De esta manera, marcaron un punto medio en el mar tomando en cuenta las líneas de costa de los territorios dominicanos y neerlandeses.
Con la declaración de estado archipelágico, el territorio dominicano se marcó con una línea entre las islas exteriores que lo conforman, dejando en su interior más de 150 islas menores, un elevado número de arrecifes, emersiones y otros elementos naturales.
A partir de esta frontera, el dominio de República Dominicana sobre el mar se expandía y adentraba en el mar.
La sentencia fue aprobada con siete votos a favor, cuatro votos disidentes y dos salvados. En su voto disidente, el magistrado Domingo Gil, establece:
“Lo primero que debo reprochar al acuerdo es haber desconocido, como implícita condición de fondo, que la República Dominicana es un Estado archipelágico, desconociendo una ley nuestra, la Ley número 66-07. Ello significa que el acuerdo se «montó» sobre la negación de nuestra propia legislación. Esto se traduce en la derogación de hecho, pero real, de una ley mediante un acuerdo internacional, lo que significa que el Poder Ejecutivo negoció un acuerdo que desconoce una ley dominicana y se ha arrogado atribuciones propias del Congreso Nacional”.
También se refirió al principio de “equidad”, según el cual se debía tomar en cuenta que la anchura de costa de la República Dominicana (145 kilómetros) es más ancha que la de las islas de los Países Bajos (115 kilómetros: “… nos pone en condiciones semejantes a esas colonias holandesas, pese a la gran diferencia de anchura de costa entre la República Dominicana y esas pequeñas islas. Con ello la República Dominicana acuerda, tontamente, su renuncia a invocar los criterios de equidad previstos en este sentido por la Convemar”.
El juez José Alejandro Vargas Guerrero también cuestionó en su voto disidente que se omitiera la calidad de estado archipelágico:
“No se alude a ella en el tratado, ni a la validez o invalidez de sus mediciones, ni se consideran los puntos geodésicos por ella establecidos, aun a sabiendas de que esta norma es el resultado de un mandato constitucional, específicamente el artículo 9, que declara el territorio dominicano como inalienable”.
Estos dos jueces también consideraron que el convenio beneficia a Países Bajos en lo que se refiere a la explotación de recursos minerales que se encuentren en el fondo marino.
El artículo 3 dispone que “en el caso de que una estructura geológica o yacimiento mineral que contenga petróleo o gas natural se extienda a través de la línea establecida en el artículo 2, y una parte de dicha estructura o yacimiento que se sitúe en un lado de la línea pueda ser explotada total o parcialmente desde el otro lado de la línea, las Partes, luego de realizar consultas técnicas, realizarán sus mejores esfuerzos para buscar llegar a un acuerdo sobre la forma más eficaz de explotar dicha estructura o yacimiento”.
“Imaginémonos lo que podría ocurrir en el futuro ante la incapacidad tecnológica nuestra frente a los Países Bajos, una potencia económica en la explotación de los recursos marinos, sobre todo los hidrocarburos”, estableció el magistrado Gil.
Fuerza del Pueblo expresó desconfianza en el criterio de los magistrados, sobre todo los últimos que fueron nombrados durante la administración de Luis Abinader.
“Nos resulta extraño que, de los siete magistrados recién incorporados al Tribunal Constitucional, solo uno de ellos, el magistrado Amaury Reyes Torres, emitiera un voto salvado, y los demás votaran a favor de la constitucionalidad del acuerdo”, se lee en el documento de protesta de FP.
Manolo Pichardo aseguró que la sentencia del TC se basa en el "principio de Equidistancia", utilizado en acuerdos previos con Colombia y Venezuela en los años 70, cuando aún no existía el marco legal que regula estos asuntos en la actualidad.
"Este acuerdo es lesivo a nuestra soberanía y viola la Constitución. No entendemos cómo el Tribunal Constitucional ha ignorado la Ley 66-07, que declara al estado dominicano como un Estado Archipelágico, reconociendo más de 150 islas menores y cayos que forman parte de nuestro territorio marítimo", afirmó Pichardo.
Va al Congreso
Todavía falta que el referido acuerdo, firmado en julio del 2021 por Roberto Álvarez y la embajadora de los Países Bajos en el país, Annemieke Verrijp, sea aprobado por el Congreso Nacional.
FP advirtió que "si el Congreso Nacional aprueba este acuerdo tal como está, se establecerá un precedente peligroso para la soberanía de la República Dominicana en disputas territoriales futuras".
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