Declaran inadmisible recurso de amparo contra proyecto energético en Las Galeras
La obra, que busca reemplazar una central más pequeña ubicada en el centro de La Galeras, generó debate
La Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia de Samaná declaró inadmisble un recurso de amparo que buscaba impedir un proyecto energético que se erige en Las Galeras, provincia Samaná.
El proyecto GES Las Galeras, de la empresa Generadora Eléctrica de Samaná (GES),busca reemplazar una infraestructura que actualmente opera la empresa, ubicada en el centro de Las Galeras, bajo el argumento de que la zona ha crecido y que el espacio actual no cuenta con la capacidad para expandir las operaciones y satisfacer un eventual aumento de la demanda eléctrica.
La iniciativa generó el rechazo de varias instituciones y comunitarios, quienes argumentaban que el uso de combustibles a base de diésel y Bunker C en la central de generación eléctrica perjudicaría la salud de los comunitarios y al medio ambiente, por lo que presentaron el recurso a través del Instituto de Abogados para la Protección del Medio Ambiente (Insaproma).
De acuerdo a un comunicado, el magistrado Modesto Amarante Peña, juez del referido tribunal, manifestó: “En el presente caso fue agotado el debido proceso de solicitud de la licencia ambiental y estudios medioambientales que conllevaron al ministerio a ponderar los impactos ambientales y las posibles correcciones a los mismos, a fin de tomar los correctivos de los impactos mínimos al medioambiente”.
En lo relativo al argumento de que la acción de amparo fue sometida debido al daño ambiental y a la salud que sería ocasionado por GES, la sentencia indica: “El tribunal no ha podido percibir a futuro en qué consistirían los posibles daños porque los elementos de pruebas aportados resultan ser circunstanciales, subjetivos y no vinculantes al caso que nos apodera, pues fueron depositadas algunas pruebas de supuestos y casos que no guardan similitud, y los mismos corresponden a otros procesos, que si bien se refiere a la protección del medioambiente, no guardan relación con el reclamo de amparo“.
Sobre los posibles daños ambientales que serían producidos a futuro, el tribunal detalla que “ha resultado difícil advertirlos, porque los abogados ambientalistas no ha puesto de manifiesto, ni en condiciones al tribunal de determinar los puntos de interés”.
El juez cita como puntos de interés “los decibeles de ruido que producirían plantas que aun, no se han instalado; si las plantas cuentan con los filtros de procesamiento de desechos de humos esas plantas; a qué distancia se sitúa la vivienda o viviendas más próximas; quién o quienes se verían afectados y en qué medida”.
A cuatro kilómetros al suroeste del pueblo de Las Galeras está la zona donde se prevé la instalación de la nueva central, específicamente en el centro de un terreno de 50,000 metros adquirido por GES.
De acuerdo a la licencia ambiental otorgada por Medio Ambiente la obra contará, además de las cinco unidades, con oficinas administrativas, cuatro tanques para el sistema de almacenamiento de combustible, un tanque de almacenamiento de sludge de 6,000 galones de capacidad, un transformador de 4.00 MVA, dos transformadores de 1.5 a 2.5 KVA, cuarto de compresores, taller y almacén, un área de parques, verja perimetral y una infraestructura para el sistema de tratamiento de aguas residuales, almacenamiento de agua potable, entre otros.
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