Senado convierte en ley el proyecto para la administración de bienes incautados en extinción de dominio
El proyecto de 102 artículos pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación u observación
El Senado de la República aprobó este martes en segunda lectura el proyecto de ley para la Administración de Bienes Secuestrados, Incautados y Abandonados en los Procesos Penales y en los Juicios de Extinción de Dominio.
Con esta sanción, la pieza pasa su proceso de dos aprobaciones en la Cámara de Diputados y dos en el Senado para enviarla, convertida en ley, al Poder Ejecutivo, que tiene la facultad de promulgarla u observarla.
Veintiún de 25 senadores presentes aprobaron la pieza, luego de que fuera leída y estudiada en su totalidad por el Pleno congresual.
La iniciativa tiene por objeto establecer un sistema de administración, control, mantenimiento de los bienes que sean incautados, secuestrados o abandonados en el curso de un proceso penal o de extinción de dominio, respetando siempre el debido proceso, así como su destino final en los casos en que se disponga su decomiso o se declare la extinción de dominio mediante sentencia definitiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 51, numeral 6, que reza: “La ley establecerá el régimen de administración y disposición de bienes incautados y abandonados en los procesos penales y en los juicios de extinción de dominio, previstos en el ordenamiento jurídico”.
La propuesta establece que la finalidad principal de la administración de los bienes incautados, secuestrados o abandonados, será garantizar la conservación y mantenimiento de estos, en el estado en que hayan sido recibidos; y se fundamenta en los principios de: transparencia y publicidad, eficiencia y economía, coordinación, objetividad, igualdad y jerarquía de las normas.
Crea el Instituto Nacional de Custodia y Administración de Bienes Incautados
Dispone, además, la creación del Instituto Nacional de Custodia y Administración de Bienes Incautados, Decomisados y en Extinción de Dominio (Incabide), conformado por un Consejo Directivo y una Dirección Ejecutiva, provisto de personalidad jurídica, con autonomía administrativa, financiera y técnica, adscrito al Ministerio de Hacienda, como órgano responsable de la administración y destino de los bienes incautados, decomisados, secuestrados, abandonados o en extinción de dominio.
El senador Félix Bautista, uno de los proponentes, expresó sobre esta pieza: “Este es un proyecto de suma importancia para el correcto funcionamiento de la recién aprobada ley número 340-22, del 28 de julio de 2022, que regula el Proceso de Extinción de Dominio de Bienes Ilícitos, proporcionando un marco jurídico complementario que regule el manejo de los bienes incautados y abandonados en los procesos penales y en los juicios de extinción de dominio, tal y como establece la Constitución".
La iniciativa fue presentada, junto a Bautista, por los senadores Ramón Rogelio Genao Durán y Pedro Catrain Bonilla.
También por el Poder Ejecutivo y por los diputados Rafael Tobías Crespo Pérez, Rafael Augusto Castillo Casado, Plutarco Pérez, Miguel Alberto Bogaert Marra, Rogelio Alfonso Genao Lanza y Napoleón López Rodríguez.
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