TSE declara inadmisible recurso de amparo de diputada Rosa Amalia Pilarte contra el PRM
Por "existir otras vías judiciales" para que la legisladora reclame los derechos que alega le vulnera su partido
El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró "inadmisible" el recurso constitucional de amparo interpuesto por la diputada Rosa Amalia Pilarte de López que buscaba la nulidad de la resolución de la Comisión Nacional de Elecciones del Partido Revolucionario Moderno (PRM) que le impide participar como precandidata a la curul que actualmente ocupa por la provincia de La Vega.
Para justificar su decisión de declarar inadmisible el recurso de amparo, el TSE alegó "existir otras vías judiciales para que la aspirante a continuar como diputada reclame los derechos que alegada le vulnera su partido”.
"En virtud artículo 70, numeral 1 de Ley Orgánica 137-11 del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales y el artículo 132, numeral 1 del Reglamentos del Procedimiento Contencioso Electorales por existir otras vías judiciales para reclamar los derechos alegadamente vulnerados que es la impugnación contra actuaciones partidarias", argumenta el TSE de manera unánime.
La resolución No. 049-2023, de fecha 3 de agosto de 2023, de la Comisión Nacional de Elecciones Internas (CNEI) del Partido Revolucionario Moderno (PRM) se dio a conocer luego del sometimiento de Pilarte de López a la justicia por lavado de activos provenientes del narcotráfico.
La legisladora fue sometida recientemente por la Procuraduría General de la República que la acusa de blanquear más de 4,000 millones de pesos. Su esposo y sus hijos tienen un proceso en la justicia por el mismo delito desde antes de las elecciones generales del 2020.
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