Cámara de Cuentas ordena desclasificar sus documentos del 2021 al 2025
El pleno del órgano lo estableció en la resolución ADM-2023-003
El pleno de la Cámara de Cuentas de la República ordenó la desclasificación de los documentos e informaciones de ese órgano en el período que va del año 2021 al 2025. Estos documentos estaban clasificados mediante resolución. La decisión llega luego de los meses de escándalos que han acompañado al órgano, al extremo de pedir un juicio político contra sus miembros, lo cual al final fue rechazado por el Congreso Nacional.
En la nueva resolución, la Cámara de Cuentas se refiere a las documentaciones que están en el índice de documentos e informaciones clasificadas por la entidad para la referida fecha, lo cual fue aprobado mediante la decisión DEC-2021-024 de fecha nueve de marzo de 2021.
Esto aplica a los ítems marcados con los números: 6. Actas del Pleno de Miembros; 7. Soportes de las sesiones del Pleno de Miembros y 8. Actas en medios magnéticos.
“Con el tratamiento correspondiente de los datos personales e información que afecte la intimidad o seguridad de las personas, de conformidad a la letra K) del artículo 17 y al artículo 18 de la Ley 200-04 General de Libre Acceso a la Información Pública, así como la excepción prevista en el literal D) de la Ley 200-04 y/u otras limitaciones en el marco normativo dominicano, en razón de las fundamentaciones expuestas en el cuerpo de la presente decisión”, indica el documento.
La decisión está contenida en la resolución número ADM-2023-003, emanada de la sesión ordinaria celebrada por el Pleno en fecha 19 de julio de este 2023.
Dispone la publicación en la página web institucional de la resolución, así como de las actas de sesiones del Pleno, de conformidad con el contenido de la misma resolución luego de su debida aprobación y firma; así como conteniendo la certificación de fidelidad del secretario/a general auxiliar.
Además, ordenó que la Oficina de Acceso a la Información Pública de la institución coloque la “presente resolución” en un lugar accesible en la oficina, “a los fines de que todo interesado pueda edificarse sobre el contenido de la presente con el objetivo de optimizar las disposiciones de la Ley 200-04”.
La resolución instruye a la Oficina de Acceso a la Información Pública, a la Dirección de Comunicación Estratégica y a la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicaciones a que realicen “las gestiones necesarias para actualizar la página web de la Cámara de Cuentas a los requerimientos de los mejores estándares en materia de transparencia institucional de conformidad al contenido de la presente resolución”.
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