Convocan a "consulta pública" sobre el contrato para trabajo doméstico
El llamado del Ministerio de Trabajo es por un período de 25 días y es para toda la sociedad
El ministro de Trabajo, Luis Miguel De Camps García, convocó a consulta pública para discutir la resolución que emitió la entidad para regularizar el trabajo doméstico.
La consulta tiene un período de 25 días y va dirigida “a toda la sociedad” para la discusión sobre la propuesta de resolución respecto del contrato de trabajo de los trabajadores domésticos.
Los interesados en participar deben hacerlo a través del correo consultapublica@mt.gob.do, indicó el ministerio en una nota de prensa.
De Camps señaló, en el documento, que con esta resolución cumplirán con el compromiso del presidente Luis Abinader de mejorar la calidad de vida de todos los trabajadores, en especial los de este sector tan vulnerable.
“Hemos trabajado desde hace meses en esta disposición para que el sector doméstico, compuesto en su mayoría por mujeres, puedan contar con la garantía de sus derechos fundamentales, consagrados en la Constitución y en consonancia al mandato del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)”, añadió el funcionario.
Desde que se dio a conocer el borrador de resolución del Ministerio de Trabajo sobre los trabajadores domésticos, en su mayoría, mujeres, ha habido reacciones a favor y en contra. Los que están en contra alegan que no podrán asumir los compromisos que requerirá contratar este tipo de personal, debido a que su salario no se los permite. Otros plantean que la iniciativa recae directamente sobre la clase media, la que alegan, siempre carga con todo.
Cantidad de empleados domésticos
Según los datos del Banco Central en su Encuesta Nacional Continua de Fuerza de Trabajo (ENCFT) para el mes de septiembre del año 2021, la cantidad de mujeres en el trabajo doméstico ascendía a 239 mil, mientras que de sexo masculino a 20,216, para un total de 259 mil doscientos treinta y nueve trabajadores aproximadamente.
El borrador de la resolución establece que la jornada del trabajo doméstico no podrá ser mayor de ocho (8) horas diarias, ni mayor de (44) horas semanales, teniendo entre jornada y jornada un descanso obligatorio de no menos de (9) horas.
Sobre el salario, indica que no podrá ser inferior al salario mínimo que para este sector dicte el Comité Nacional de Salarios y además serán aplicables los artículos 177 al 191 del Código de Trabajo.
En torno a las vacaciones de este tipo de empleados subraya que se aplicará igual que la de cualquier otro trabajador como está establecido en el Código Laboral. “Según la escala establecida en estos artículos, a mayor cantidad de años de relación laboral, mayor cantidad de derechos de vacaciones tendrá el trabajador”.
También establece que el empleador debe garantizar que los trabajadores domésticos disfruten de condiciones de trabajo y vida decentes, “bajo el marco de respeto de su privacidad e integridad, por ende, merecen de una protección efectiva contra toda forma de abuso, acoso y violencia”.
En materia de prestaciones, el borrador de resolución establece que los trabajadores domésticos tienen derecho al pago de preaviso, al cual se accederá según las reglas establecidas en el Código de Trabajo, igual que a los demás tipos de trabajadores.
La resolución dispone, además, que el Consejo Nacional de la Seguridad Social, establezca el mecanismo para que los trabajadores domésticos puedan estar inscritos en la Seguridad Social para obtener su seguro de salud.
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