Defensa de pastor atribuye a un "menor travieso" el origen del caso en fundación de Haina
Ministerio Público pide tres meses de prisión preventiva y representará a los niños ante presunta falta de padres querellantes
La Fiscalía sostiene que la calificación jurídica es trata de personas con fines de explotación laboral
La audiencia de medida de coerción contra Ángel Gabriel Capellán, conocido como "El Pastor", e Isaías Muñoz, por presunta trata de menores con fines de explotación laboral en una fundación de Haina, fue aplazada para el próximo jueves 10 de septiembre.
La vista fue suspendida a fin de conocer el anticipo de prueba de los niños que permanecían en la entidad, según informó la fiscal Fanny Garabito, junto a los magistrados Rodolfo Reyes y Ana Mercedes Pichardo.
La titular indicó que el órgano persecutor solicita tres meses de prisión preventiva y mantiene como calificación jurídica provisional la trata de personas con fines de explotación laboral.
Detalles del caso
En tal sentido, puntualizó que los presupuestos que sustentan el pedimento fueron depositados y serán ventilados durante la audiencia correspondiente.
De acuerdo con la solicitud presentada por el Ministerio Público, el expediente identifica a nueve niños, con edades entre dos y 13 años, y recoge alegaciones de golpes, quemaduras, privación de alimentos y trabajos a los que supuestamente eran sometidos.
Añadió que los menores son considerados como las víctimas directas del proceso y serán representados por el Servicio Nacional de Representación Legal de los Derechos de la Víctima (Relevic).
Sin embargo, el abogado Manuel Soto Lara, defensa de Ángel Capellán, cuestionó que en el proceso no exista una denuncia o querella presentada por los padres o familiares de los nueve niños.
El jurista sostuvo que los menores fueron llevados a la fundación con el consentimiento de sus progenitores y rechazó que hayan sido retenidos contra su voluntad.
Investigación en curso
Ante este argumento, la fiscal indicó que el caso todavía se encuentra en etapa de investigación y que corresponderá al tribunal determinar las responsabilidades a partir de las evidencias que sean presentadas.
La pesquisa inició el pasado 28 de agosto, después de que un adolescente escapara de la organización y acudiera al destacamento policial de Hatillo, donde habría solicitado protección. Posteriormente, las autoridades realizaron allanamientos en el lugar y localizaron a otros niños.
El expediente incorpora, entre otras evidencias, entrevistas de psicología forense y certificados médicos practicados a los niños, además de las actas de los allanamientos realizados por las autoridades.
Niegan que ausencia de permisos constituya un delito
El togado también cuestionó que el órgano persecutor utilice como argumento que la fundación no contaba con autorización para operar como centro de acogida de menores.
Sostuvo que, de ser cierta la falta de autorización, se trataría de una situación administrativa que debía ser regularizada y no de un delito penal.
Además, defendió la labor realizada por Capellán y afirmó que el centro ofrecía acogida tanto a niños como a adultos mayores, por lo que consideró que su cierre dejó a estas personas sin un espacio de protección.
Sobre las alegaciones de golpes y quemaduras relatadas por uno de los niños, el abogado manifestó que, si se comprueba que hubo maltrato, debe investigarse y establecerse quién fue responsable, pero rechazó que esos hechos sean utilizados para desmantelar el centro.
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