Julio Cury califica como un exceso de poder la Política de Protección de Datos de la Suprema

Recordó que ninguna autoridad pública puede atribuirse competencias que no le han sido expresamente otorgadas por la ley

Política de Protección de Datos. El abogado Julio Cury insistió en que la Suprema Corte de Justicia no puede regular derechos fundamentales, como el derecho a la información. (Diario Libre / Archivo)

El reconocido abogado Julio Cury calificó este martes como un "exceso de poder" la Política de Protección de Datos presentada el pasado 14 de noviembre por el Poder Judicial, que busca resguardar informaciones personales prescindibles en las decisiones judiciales.

Según el jurista, esta medida es inconstitucional y excede las competencias de la Suprema Corte de Justicia (SCJ). Argumentó que la SCJ no tiene la facultad para establecer esta normativa, ni siquiera a través de una resolución reglamentaria. "Los derechos fundamentales solo pueden regularse de acuerdo con el artículo 112 de la Constitución y mediante leyes orgánicas, es decir, leyes aprobadas con una mayoría calificada de las dos terceras partes de los miembros presentes de ambas Cámaras (Congreso Nacional). Son extensiones de la Constitución, son ramas, por eso se requiere esa mayoría cualificada", explicó a Diario Libre.

El abogado señaló que la política adoptada por la SCJ pretende regular el derecho a la información, particularmente en casos donde las autoridades judiciales consideran que no se deben revelar los nombres de las partes involucradas. A juicio de Cury, esta resolución vulnera principios constitucionales.

"Esta política, la decisión, la resolución es inconstitucional sin la menor duda, porque ellos no pueden hacer eso, ellos no tienen esa potestad reconocida por ley", enfatizó.

Además, Cury recordó que ninguna autoridad pública puede atribuirse competencias que no le han sido expresamente otorgadas por la ley.

En ese sentido, insistió en que la SCJ no puede regular derechos fundamentales, como el derecho a la información, a través de una resolución administrativa. "El artículo 44 de la Constitución es un derecho fundamental. Entonces, hay aquí un exceso de poder por encima de cualquier eufemismo que ellos utilizan para endulzar su decisión, su política", sostuvo el abogado.

Asimismo, dijo estar de acuerdo con la conclusión de la Sociedad Dominicana de Diarios (SDD), que calificó la iniciativa como un intento de legislar de forma unilateral, contraviniendo el derecho al acceso público a los expedientes judiciales.

Lo que contempla la política

La nueva política lanzada establece que, cuando se trate de asuntos de interés público o investigaciones científicas, la Secretaría del tribunal que dictó el fallo será la encargada de realizar el proceso de “disociación” o “anonimización” de datos, es decir, eliminar o modificar la información personal de los involucrados para proteger su identidad, siempre que la ley no impida el acceso de terceros.

En ese caso, sus nombres y apellidos podrán ser identificados con las iniciales. Esta regla solo aplica a aquellas sentencias publicadas en la página web del organismo o entregadas a terceros. 

El presidente de la SCJ aseguró que la política no limita el libre ejercicio del periodismo.

Licenciada en Comunicación Social, con más de 10 años de experiencia. Cuenta con un diplomado en Comunicación Corporativa. Es relacionista pública y community manager. Su especialidad es el periodismo de entretenimiento.