Tribunal Constitucional anula sentencia sobre proclamación de Trajano en el Colegio de Abogados
Establece que TSE “se excedió” al incluir en su reglamento que tiene facultad para conocer amparo sobre elecciones de gremios
El Tribunal Constitucional (TC) revocó la sentencia del Tribunal Superior Electoral (TSE) que dejó sin efectos una resolución del Colegio de Abogados de República Dominicana (CARD) de diciembre del 2023, la cual proclamaba como ganador de la presidencia a Trajano Vidal Potentini y ordenaba un reconteo de los votos de las elecciones de ese gremio.
Entre sus motivaciones para emitir su dictamen que anula la sentencia del TSE/0108/2024, el TC arguye que el TSE “se excedió” al establecer en el párrafo II del artículo 130 de su reglamento de procedimientos contenciosos que tiene competencia para conocer amparos electorales por gremios profesionales y del cual se valió para conocer la acción interpuesta por un grupo de abogados.
“Nótese que, al actuar de esa manera, el Tribunal Superior Electoral no solo se extralimitó, sino que, por vía reglamentaria, modificó el contenido del artículo 114 de la Ley núm. 137-11. Dicho de otra forma, invadió el ámbito competencial regulatorio que concierne al legislador”, se lee en el dictamen del TC, TC/0164/24, emitida a final del mes de junio.
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El TC declara que “el Tribunal Superior Administrativo (TSA) es la jurisdicción especializada competente para conocer las acciones de amparo electoral de extrema urgencia sometidas mediante instancia separadas por los señores Saldi Ruth Suero Martínez y Humberto Tejeda Figuereo y por el señor Diego José Arquímedes García Ovalles”. Estos fueron los togados que sometieron recurso de amparo al tribunal electoral.
La batalla de Yohan López y Trajano Potentini por la presidencia del CARD se ha llevado también al TSA, el cual es el juez natural, según el tribunal extrapoder, para el recurso de amparo relacionado a las elecciones de los abogados el 2 de diciembre.
López sometió un amparo al TSA, el cual fue incidentado por el CARD que cuestionó la falta de objetividad e imparcialidad de esos magistrados y los recusó, recusación que fue rechazada por la Suprema Corte de Justicia.
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