Consultor Jurídico aclara que el Ejecutivo ha cumplido 10 sentencias del Tribunal Constitucional

Antoliano Peralta precisó que sólo 3 de las 61 fallos desacatados ocurrieron en la presente gestión

Vista del consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta, durante una rueda de prensa para aclarar que el Ejecutivo ha cumplido 10 sentencias del Tribunal Constitucional. (Diario Libre/ Francisco Arias)

El Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta, convocó a una rueda de prensa para hacer algunas precisiones sobre la lista de sentencias que el Tribunal Constitucional ha dicho que han sido desacatadas por ese poder del Estado. 

Peralta aclaró que son 61 y no 92 los fallos incumplidos, según informó el propio Tribunal Constitucional al Poder Ejecutivo mediante una comunicación. 

En segundo lugar, Peralta precisó que 58 de ellas habían sido dadas por el Tribunal antes del 16 de agosto de 2020, mientras que solo 3 de los 61 fallos denunciados como no ejecutados fueron emitidos durante la presente administración de gobierno. 

Gestiones 

La Consultoría Jurídica solicitó al Tribunal Constitucional la lista de sentencias no acatada a fin de verificar su cumplimiento de las mismas y el Tribunal remitió a la Consultoría la enumeración. 

Peralta aseguró que, “con fundamento en los principios de continuidad del Estado, seguridad jurídica y sometimiento pleno de la Administración a la juridicidad, informamos a  cada una de las instituciones señaladas la indicación de los fallos pendientes de ejecución, a la vez que requerimos una explicación de las razones que dificultan su acatamiento”. 

A la fecha, algunas instituciones han respondido presentando pruebas del cumplimiento de 10 sentencias.

La Junta de Retiro y Fondo de Pensiones de las Fuerzas Armadas habría demostrado con documentos que las 2 sentencias que le fueron señaladas sí habían sido cumplidas. 

En otro caso, señaló que la Dirección General de Impuestos Internos  informó que la sentencia TC/0208/20 no la obliga a ninguna acción, ya que el propio Tribunal Constitucional, en una sentencia posterior, estableció que era la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional el órgano que habría de cumplir decisión. 

Ello así en virtud de que el fallo versaba sobre la liquidación de astreintes por un proceso previo. La DGII había suministrado al Poder Ejecutivo evidencia de que comunicó oportunamente esta situación al Tribunal Constitucional

Un tercer caso presentado por el Consultor a la prensa fue el del Comité de Retiro de la Policía Nacional, órgano que remitió a la Consultoría Jurídica del Poder ejecutivo la evidencia del cumplimiento oportuno de las sentencias TC/0318/17, TC/0606/17, TC/0529/18, TC/0192/19, TC/0305/19, TC/0337/19 y TC/538/19, así como de haberle notificado al Tribunal Constitucional de éste cumplimiento mediante oficio. 

Luego de señalar estos ejemplos, el consultor expresó que “todo lo anterior nos indica que si bien es cierto que ha habido cierta dejadez en algunas instituciones en el debido cumplimiento de las sentencias, parece existir también un déficit de comunicación entre las instituciones obligadas a ejecutarlas y la Unidad de Seguimiento de Ejecución de Sentencias del Tribunal Constitucional”.

“El Poder Ejecutivo continuará verificando el estricto cumplimiento de las sentencias dadas por el Tribunal Constitucional y asegura que continuará velando por el apego absoluto a la Constitución y a la Ley por parte de sus funcionarios, para lo cual hace un enérgico llamado a cada institución notificada de asumir su responsabilidad”, concluyó.

Periodista y escritor. Egresado de la UASD, con una trayectoria en prensa televisiva y varios medios impresos.