Los diagnósticos que hacía Elizabeth Silverio y la pena que podría enfrentar
La acusada está ingresada en un centro médico porque su condición de salud se agravó después de dictársele prisión
Elizabeth Silverio Sillien, a quien se le impusieron tres meses de prisión el pasado sábado, diagnosticaba a los niños con “condiciones psíquicas hiperactividad, violencia o trastornos” que estaban matriculados en el clausurado centro que dirigía y, en consecuencia, le indicaba “la aplicación de programas” conforme al síndrome o a las supuestas limitaciones que los menores presentaban.
Silverio Sillien hacía las evaluaciones y tenía en funcionamiento el Centro de Terapias Neurocognitivas y psicopedagógicas Knowledge Land Kogland, ubicado en Gascue, Distrito Nacional, con títulos falsos de profesional en psicología y en neurociencia.
Los informes médicos los hacía y conllevaba “recomendaciones” y “referimientos” a profesionales de la salud, describe la solicitud de medida de coerción que se presentó en la Oficina de Atención Permanente del Distrito Nacional, tribunal que la envió a la cárcel y declaró el caso complejo por la cantidad de víctimas que “ameritan ser evaluadas por peritos expertos” por sus condiciones de sufrir Trastorno del Espectro Autista (TEA).
En el allanamiento que se le hizo a la imputada se encontraron recibos de los montos que cobraba por concepto de evaluación cognitiva, uno de ellos por RD$12,500.
También se halló un listado “de 14 nombres con diferentes montos saldados, los que oscilan de cinco mil a veinte mil pesos dominicanos, programa Neuroterapeutico, del 07/02/2020, a nombre del menor de edad R.A. con una descripción de costos de intervención mensual de quince mil pesos, intervención anual ciento ochenta mil pesos…”, agrega el documento.
El Ministerio de Salud Pública, institución que interpuso la querella, posee una certificación que establece que el exequatur No.667709 que utilizaba la acusada para operar no existe. Además de esa institución, once padres se querellaron.
“Procedía a realizar diagnósticos con recomendaciones a los niños del centro, para aplicarles terapias psicológicas en perjuicio de los niños registrados e inscritos como usuarios o pacientes”, según la Fiscalía del Distrito Nacional, representada por Magalys Sánchez Guzmán y Laura Vargas Toledo.
En la instancia se depositó una certificación del Ministerio de Educación Ciencia y Tecnología (Mecyt), en el que se confirma que la acusada no es egresada de la carrera señalada como Psicóloga Escolar Educativa; tampoco del Ministerio de Educación la había autorizado a impartir docencia.
No obstante, entre los documentos que dice la solicitud de coeción se incautaron en los allanamientos que se le hizo, se encuentran “varios diplomas enmarcados” de dos universidades de Florida.
Entre las tipificaciones a los delitos que se le atribuyen a Elizabeth Silverio Sillien se cita el artículo 93 de la Ley General de Salud 41-02, que dispone que “los dominicanos graduados en universidades extranjeras, en cualquier área de la salud, solo podrán ejercer en la Republica Dominicana una vez haya revalidado el título correspondiente y el Poder Ejecutivo les haya otorgado el exequatur de acuerdo a la ley.
Hasta diez años de cárcel podría enfrentar Silverio
Según lo que manda el artículo 156 de la Ley 42-01, el cual habría violado también Elizabeth Silverio, esta podría enfrentar una pena de hasta 10 años de cárcel.
“Se consideran crímenes y serán sancionados con penas de dos (2) a diez (10) años de reclusión o multas que oscilarán entre veinticinco (25) y cincuenta (50) veces el salario mínimo nacional establecido por la autoridad legalmente competente para ello o por la ley” las infracciones que desglosa esa parte de la normativa y que incluye el párrafo 7, del cual se acusa a la imputada.
“Ejercer cualesquiera de las profesiones dentro de las ciencias de la salud, sin tener el título universitario o de educación superior que lo acredite para tales funciones, o por carecer del exequatur expedido por el Poder Ejecutivo”, dice textualmente la normativa.
También el artículo 405 del Código Penal sobre estafa, otro de los delitos que supuestamente infringió la susodicha mujer contempla “prisión correccional de seis meses a dos años”.
Igualmente habría incurrido en actuar no conforme a lo que dispone el artículo 92 de la Ley 41-02, que establece que “para el ejercicio profesional en ciencias de la salud y profesiones afines, será necesario haber obtenido el título o grado correspondiente, otorgado por una universidad nacional reconocida por el Estado, y obtener el exequatur del Poder Ejecutivo”.
MP pidió prisión domiciliaria y se envió a Najayo
En la solicitud de coerción, la fiscalía pidió arresto domiciliario en su domicilio propio y una garantía económica de 500 mil pesos por contrato con una aseguradora, pero la jueza Fátima Veloz le impuso prisión a ser cumplida en el centro correccional Najayo-Mujeres, al acoger el pedido de los abogados de los padres querellantes y del Ministerio Público, quienes alegaron peligro de fuga.
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