Pareja de esposos en Santiago encerraba adolescente en salón de belleza y la violaba, según MP
La adolescente era encerrada en el local, propiedad de la imputada, y luego esta le avisaba a su esposo, según expediente
La Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Santiago ordenó el cumplimiento de la prisión preventiva durante un año contra una pareja de esposos acusada de cometer agresiones sexuales contra una adolescente, a la cual encerraban en el local de un salón de belleza, propiedad de la mujer, para someterla a numerosos abusos sexuales.
Los hechos a los que la Fiscalía de Santiago hace referencia en la instancia de solicitud de medidas, le son atribuidos a Darly Enmanuel Burgos Santos y a Nairoby Carolina Peña y/o Nairobi Cabrera Peña, quienes enfrentan varios cargos por la agresión, violación y abuso psicológico sufridos por la menor de edad, indica un comunicado del Ministerio Público.
La adolescente, narra la medida de coerción, fue encerrada en el local de un salón de belleza, propiedad de la imputada, a donde la menor acudía para aprender los servicios que se ofrecen allí, y luego, la imputada le avisaba a su esposo, Burgos Santos, para que entrara al local y violara sexualmente a la víctima.
Indica la relación de hechos que la menor de edad era hostigada y amenazada por la imputada para que accediera a sostener relaciones sexuales con el imputado y la investigación reveló que la procesada además le proponía practicar orgías o tríos amorosos.
En vista de la gravedad de lo sucedido, la fiscal Martha González, representando a la Fiscalía ante el juzgado, presentó contra la imputada Peña cargos por violación a los artículos 265 y 266 del Código Penal Dominicano; artículo 396 literales A, B y C, de la Ley 136-03 que crea el Código de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes, por los delitos de asociación de malhechores, agresión física, psicológica y agresión sexual.
En tanto que contra el imputado pesan cargos por transgresión a los artículos 265, 266, 309-1 y 331 del Código Penal Dominicano, modificados por la Ley 24-97 de Violencia de Género; artículo 396, letras A, B y C, del Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03), que tipifican la asociación de malhechores, violencia de género, violación sexual y agresión física, psicológica y sexual, en perjuicio de la víctima menor de edad.
El tribunal ordenó la realización de anticipos de pruebas a la víctima, además de la extracción de datos de los celulares.
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