Corte ordena nuevo juicio en el caso de sobornos para los Super Tucano
La Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte del Apelación anuló fallo que descargó a exministro de Defensa Pedro Peña Antonio, al exdirector de la Oficina de Proyectos de FAD, Miguel Piccini y a empresario Daniel Aquino
La Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional ordenó ayer “la celebración total de un nuevo juicio” en el caso de los más de 3.5 millones de dólares que admitió pagó en sobornos la empresa brasileña Enbraer para la venta de ocho aviones Super Tucano.
En el caso fueron acusados el exministro de Defensa Rafael Peña Antonio, el exdirector de la Oficina de Proyectos Especiales de la Fuerza Aérea Dominicana, coronel Carlos Piccini y el empresario Daniel Aquino Hernández, los cuales fueron descargados en mayo del pasado año 2022.
Los jueces Doris Pujols, presidenta de la corte, Rafael Báez y Ramona Rodríguez argumentaron que el dictamen número 249-02-2021-SSEN-00009, emitido por las juezas del Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional y que declaró no culpables a los imputados contiene “el vicio de ilogicidad y errónea aplicación de las normas jurídicas, afectando en consecuencia la validez de la sentencia impugnada” por el Ministerio Público.
El contrato para comprar las ocho aeronaves adquiridas por el Estado dominicano para combatir el narcotráfico tuvo un costo total de US$93,697,887.60 y se firmó el 6 de agosto del 2007.
La corte concluyó que “es de criterio” que la sentencia recurrida por la Procuraduría Especializada de Persecución a la Corrupción Administrativa (Pepca) no ponderó “los medios de prueba obtenidos al amparo de la cooperación internación” y su “nivel de suficiencia y seriedad.
Los acuerdos de cooperación internacional a los que se refiere la Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación son los de Estados Unidos y Brasil, países que enviaron a República Dominicana documentos sobre la investigación a los pagos ilegales que admitió Embraer en la nación norteamericana y en otras naciones para la venta de los aviones.
Las pruebas
Las pruebas presentadas por la Pepca y enviadas por Brasil son las “obtenidas en las diligencias de investigación realizadas en ese país y donde la empresa fabricante de los aviones “señala a Piccini Núñez, y a las Compañías 4D Bussiness Group como los receptores del pago de sobornos y de forma indirecta al comandante superior inmediato de Piccini Núñez como el responsable de la operación, que no es otro que el acusado Pedro Rafael Peña Antonio”.
“Esta Alzada (la corte), entiende pertinente acoger el tercer medio invocado en el recurso del Ministerio Público, y ordenar la celebración total de un nuevo juicio por requerir de la inmediación la valoración de las pruebas a los fines de examinar nueva vez los hechos y las pruebas de la acusación, así como dar oportunidad a todas las partes de confrontarse en un nuevo debate a partir del cual puedan hacer valer de forma amplia la validez y prueba de sus argumentos en justicia”, argumentó.
En su decisión de ordenar un nuevo juicio, la corte solo analizó uno de los cuatro medios invocados por el Ministerio Público para recurrir la sentencia de las juezas Arlín Ventura, Leticia Martínez y Milagros Ramírez, específicamente el de la “violación a la ley por inobservancia y errónea aplicación de las normas jurídicas sobre la prueba obtenida por Cooperación Internacional”.
En la sentencia penal número 501-2023-SSEN-00061, que se dio a conocer ayer a las partes, la Primera Sala Penal de la Corte de Apelación dice que el Tercer Tribunal Colegiado “no toma en consideración las informaciones contenidas en los documentos aportados al proceso a través de la cooperación jurídica internacional, por entender entre otras cosas que dichos elementos de pruebas violentan el derecho a la confrontación, oralidad y se tratan de meras actuaciones procesales llevadas a cabo por ante autoridades judiciales de otro país”.
A lo que respondió la corte que los elementos de pruebas aportados por esos países, se realizaron “al amparo de la legislación que rige la materia y respetando los protocolos que la normativa procesal penal exige; de ahí que, constituye una manifiesta errada interpretación no solo de los hechos de la causa (desnaturalización) sino, que incurre el tribunal a quo (de primera instancia), en una errada aplicación de las máximas de experiencia y sentido común”.
Es por lo anterior que entiende “registra el vicio de ilogicidad y errónea aplicación de las normas jurídicas”.
El préstamo
El Congreso Nacional aprobó el contrato de préstamo para la compra de las aeronaves en noviembre del 2008, el cual había sido sometido por el Poder Ejecutivo que en ese entonces encabezaba el expresidente Leonel Fernández. El financiamiento se hizo con el Banco Nacional de Desarrollo Económico y Social de Brasil
José Miguel Marmolejos, uno de los representantes del Ministerio Público, calificó el fallo que ordena un nuevo juicio, dictado por los jueces de la corte de apelación como “una decisión histórica y contundente en contra de la impunidad en los casos de corrupción”. Dijo que es un gran paso en la lucha que lleva ese organismo persecutor para que en el país se castigue a los funcionarios que valiéndose de sus puestos se roban el dinero de los contribuyentes.
Marmolejs dijo que las coimas para la adquisición de los aviones Super Tucano “es uno de los casos de corrupción más grandes” que ha tenido el país y en el que seguirán luchando para que haya una sanción.
Después de leerse el dispositivo de la decisión de la corte, el exministro Rafael Peña Antonio no quiso emitir su opinión a la prensa sobre cómo consideraba el fallo que anulaba la sentencia que lo absolvía de toda culpabilidad. Tampoco sus abogados reaccionaron.
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