Ministerio de Salud llama a respetar la confidencialidad de los diagnósticos de VIH
La exposición pública de diagnósticos de VIH sin consentimiento puede causar daño irreparable a las víctimas y sus familias
El Ministerio de Salud Pública, a través del departamento de Infecciones de Transmisión Sexual (ITS), Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) y Hepatitis, hizo un llamado para salvaguardar la integridad y los derechos de las víctimas con diagnóstico positivo.
La entidad recordó que la exposición pública de diagnósticos de VIH sin el consentimiento de las personas involucradas puede causar daño irreparable a las víctimas y sus familias.
La Ley 135-11 sobre Sida establece en varios de sus artículos la garantía de la confidencialidad del diagnóstico de quienes resulten positivos al VIH.
El artículo 13, acápite 2, establece el derecho a la confidencialidad de los resultados de las pruebas de VIH, prohíbe la divulgación del estado serológico de una persona sin su consentimiento expreso y el 77 estipula sanciones para quienes violen la confidencialidad de la información médica relacionada con el VIH.
“Es una infracción de esta ley manejar públicamente estos diagnósticos. La divulgación no autorizada de información médica sensible vulnera los derechos humanos y la dignidad de las personas afectadas, especialmente de las víctimas”, establece el Ministerio a través de un documento de prensa.
Por tanto, hace un llamado a todos los medios de comunicación para que cumplan con su responsabilidad ética y legal de proteger la privacidad de las víctimas.
Confidencialidad del diagnóstico según la Ley 135-11 sobre VIH
La Ley 135-11 establece en varios de sus artículos la garantía de la confidencialidad del diagnóstico de quienes resulten positivos al VIH.
El artículo 13 establece el derecho a la confidencialidad de los resultados de las pruebas de VIH; y en el acápite 2, se indica que “Nadie puede comunicar la condición de salud de una persona con VIH o con SIDA, de manera pública o privada, sin su consentimiento previo, salvo las excepciones establecidas la ley.
Mientras que en el artículo 77, la Ley 135 11, precisa las sanciones a quien incurriera en violación de la confidencialidad, que implica multas no menores de diez (10) salarios mínimos, sin perjuicio de las reclamaciones en daños y perjuicios correspondientes, cuando fuere de lugar.
Es una infracción de esta ley manejar públicamente estos diagnósticos. La divulgación no autorizada de información médica sensible vulnera los derechos humanos y la dignidad de las personas afectadas, especialmente de las víctimas.
Programa de apoyo a personas VIH positivas
A través del Programa de Infecciones de Transmisión Sexual y VIH, Salud Pública ofrece apoyo continuo a las personas VIH positivas.
Este programa proporciona acceso a tratamiento antirretroviral, apoyo psicológico, y servicios de salud integrales para mejorar la calidad de vida de los pacientes y reducir la transmisión del virus.
Mónica Thorman, coordinadora del programa, detalló que el Ministerio ofrece medicamentos antirretrovirales para niños, niñas, adolescentes y adultos a través de los establecimientos de salud públicos en todas las provincias del país. Estos medicamentos se proporcionan de manera gratuita a la población.
“Es crucial iniciar el tratamiento con antirretrovirales dentro de las 72 horas posteriores a un acto sexual o una violación, ya que mientras más rápido se inicie, mayor será la efectividad del tratamiento, que tiene una duración aproximada de un mes y debe ser supervisado médicamente. Su objetivo es prevenir que las personas adquieran la infección” afirmó Thorman.