Ley penaliza hasta con 20 años a quienes contagien a otros con VIH
La Ley 135-11 obliga a informar a la pareja sexual sobre esa condición de salud
En República Dominicana se penaliza que una persona, a sabiendas de que es seropositiva de VIH, contagie a otra con ese virus.
La Ley 135-11, en su artículo 79, contempla hasta veinte años de cárcel para “toda persona que, por cualquier medio, transmita el VIH de manera intencional a otra”.
La misma normativa obliga también a informar a la pareja sexual esa condición de salud y, de no comunicarlo “a la persona con la que vaya a sostener relaciones sexuales”, el que incurra en ese delito podría enfrentar de 2 a 5 años de prisión.
A pesar de que algunas instituciones de defensa al colectivo de contagiados con VIH se oponen a la sanción por el contagio que establece la Ley 135-11, esta se fundamenta principalmente en los derechos a ese grupo y, entre sus preceptos incluye el derecho a la confidencialidad de los seropositivos y la no discriminación.
Sus artículos 13 y 77, estatuyen “multa no menor de diez (10) salarios mínimos, sin perjuicio de las reclamaciones en daños y perjuicios correspondientes” por la divulgación de la condición de salud de una persona con VIH, de manera pública o privada sin su consentimiento.
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Prohíbe hacer pruebas a empleados
La solicitud de realización de exámenes médicos por parte de empleadores privados para conocer si una persona que se procura contratar en un puesto de trabajo tiene el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) es igualmente sancionada con multa de hasta cincuenta salarios mínimos y, “sin perjuicio de la acción en reparación por daños y perjuicios que pueda ejercer” el solicitante del empleo.
En el ámbito público, procurar la detección de esta condición de futuros empleados hace pasible a este sector de una acción en responsabilidad civil por los daños y perjuicios causados.
Expectativa de vida de los infectados
Según el Centro de Orientación e Investigación Integral (COIN), debido a los avances en los tratamientos para la infección por VIH, esta es “una condición manejable y en la actualidad las personas que viven con el virus tienen una expectativa de vida casi igual a la de una persona que no lo tenga”
La expectativa de vida será con la condición de que se lleve el tratamiento de por vida, en base a los antirretrovirales, que fortalecen el sistema inmunitario y evitan la multiplicación del VIH, lo que no ocurre con el Síndrome de Inmunodeficiencia Humana (Sida), que es cuando se desploma la defensa y cualquier enfermedad común causa la muerte del contagiado.