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Salud Pública se refiere al caso Elizabeth Silverio y dice solicitud de prisión le corresponde al fiscal

Recuerda que no es un organismo represivo ni coercitivo

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Salud Pública se refiere al caso Elizabeth Silverio y dice solicitud de prisión le corresponde al fiscal
Fachada del Ministerio de Salud Pública. (FUENTE EXTERNA)

El encargado de Comunicaciones del Ministerio de Salud Pública, Carlos Suero, aclaró este lunes que ese organismo se encargó de recopilar las evidencias que fueron presentadas ante la Fiscalía Especializada de la Salud en el caso de la “neurocientífica” Elizabeth Silverio Silien, pero, que las sanciones que se dictaminen son solicitadas por el fiscal del caso y ordenadas por el juez.

“Recuerden que Salud Pública ni es represivo ni es coercitivo. El fiscal de la Salud designado por la Procuraduría General de la República es que decide el tipo de sometimiento que debe hacer”, comentó.

Suero explicó que la fiscal, cuyo nombre no tenía a mano al momento de la consulta, le confirmó que “en base a la documentación que ella recibió de Salud Pública como prueba, va a solicitar prisión preventiva contra Elizabeth y el pago de 10 millones de pesos por daños y perjuicios”.

“Ya todo lo que se hace de ahí en adelante es el fiscal y la jueza. Nosotros nada más hacemos la denuncia en base a los datos y evidencias que tenemos”, reiteró.

Querella se depositó en mayo

El pasado 24 de mayo, el Ministerio de Salud Pública depositó ante la Fiscalía Especializada de la Salud la querella en contra de Elizabeth Silverio Sillien, propietaria del Centro de Terapia Neurocognitivas y Psicopedagógicas Kogland, por presentarse como "neurocientífica" sin el debido exequatur de ley.

"El fiscal especializado en la Salud, aquí en el Distrito Nacional, va a accionar en poner en movimiento lo que se llama la acción penal. A esta querella va a dársele seguimiento, solicitar medida de coerción, investigar y conseguir la posible condena", detalló en ese entonces, el director jurídico del Ministerio, Luis Manuel Tolentino.

Tolentino dijo que al violentar el artículo 156, numeral 7, de la Ley General de Salud 42-01, "si usted no tiene exequatur ni título, no puede ejercer la profesión y si comete este delito, que es ejercer la profesión sin exequatur, está cometiendo un crimen y las sanciones van de dos a diez años".

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Periodista graduada de la Universdad Católica Santo Domingo (UCSD) con honor Summa Cum Laude, con máster en Comunicología Aplicada en la Univerdidad Complutense de Madrid, amante de los viajes, la moda y la música en vivo.