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Cerca de pasar en el Congreso el proyecto que regula los contratos de concesión con leyes vigentes

La pieza solo espera por su aprobación en segunda lectura en la Cámara de Diputados

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Cerca de pasar en el Congreso el proyecto que regula los contratos de concesión con leyes vigentes
El proyecto de ley que regula los contratos de concesión está pendiente de una aprobación en la Cámara de Diputados. (FUENTE EXTERNA)

A punto de ser ley, solo a la espera de su aprobación en segunda lectura en la Cámara de Diputados, se encuentra la propuesta del Poder Ejecutivo que busca regular de manera transitoria la gestión, administración, renovación y modificación de los contratos de concesión vigentes, que fueron suscritos antes de las leyes de Compras y Contrataciones, y de Alianza Público-Privada.

El proyecto, que solo tendría vida de tres años, será sujeto de aplicación de los contratos de la administración pública central, bajo la dependencia del Poder Ejecutivo, los organismos autónomos y descentralizados no financieros, así como las empresas públicas no financieras y los ayuntamientos.

En el caso de concesiones aprobadas por el Congreso Nacional, será una atribución de ese poder del Estado estudiar su renovación. Como indica el artículo 16 del proyecto “toda modificación o renovación de un contrato de concesión originalmente aprobado por el Congreso Nacional o que conlleve la afectación de las rentas nacionales, la enajenación de bienes del Estado, el levantamiento de empréstitos o cuando estipulan exenciones de impuestos en general, de acuerdo con lo establecido en la Constitución de la República, deberán ser aprobados por el Congreso Nacional”.

Marco jurídico

La idea es corregir el marco jurídico que sustentan los contratos previos a las leyes 340-06 y la 47-20, de Alianzas Público-Privadas.

“Que, en la actualidad, quedan concesiones vigentes, contratadas antes de la Ley 340-06, cuando no existía un marco normativo que regulara de forma precisa la administración, gestión y modificación de los contratos de concesiones, por lo que se carece de elementos suficientes que regulen de forma integral el proceso de gestión y administración, así como las modificaciones necesarias, a los fines de lograr el cumplimiento de los objetos de estos contratos, y de cara al cumplimiento de las funciones del Estado y en observancia a los principios constitucionales que rigen la Administración Pública”, refiere uno de los considerandos.

El proyecto sostiene que los contratos solo podrán renovarse una vez a partir de la vigencia de la ley y en un plazo máximo que no exceda el período original de la concesión; esto incluye las extensiones contempladas en sus adendas.

El artículo cuatro de la iniciativa puntualiza que los permisos, licencias, autorizaciones y las concesiones establecidas en leyes sectoriales quedarán excluidos de la legislación, “cuando su objeto no sea provisión, gestión u operación de bienes o servicios de interés social”.

“Quedan excluidos de la aplicación de esta ley los permisos, licencias, autorizaciones y las concesiones establecidas en leyes sectoriales, siempre y cuando su objeto no sea la provisión, gestión u operación de bienes o servicios de interés social en el que existe inversión total o parcial por parte de agentes privados, aportes tangibles o intangibles por parte del sector público, distribución de riesgos entre ambas partes, y la remuneración esté asociada al desempeño conforme a lo establecido en el contrato”, considera la disposición.

Según el procedimiento que propone la iniciativa, cuando se quiera regular una concesión firmada antes de la entrada en vigencia de la Ley 340-06, la potestad de modificación o renovación del acuerdo será una facultad exclusiva de la institución pública que accionó como concedente y no un derecho del concesionario. Es decir, que ninguna persona, física o jurídica, beneficiaria de un contrato de concesión podrá solicitar la renovación del acuerdo.

En el Congreso

Luego de un recorrido de aproximadamente dos meses en el Congreso Nacional, la iniciativa se encuentra pendiente de una aprobación, para luego ser remitida al Poder Ejecutivo y ser promulgada.

La propuesta, sometida el 30 de agosto por el segundo poder del Estado, ya ha sido aprobada en dos lecturas por el Senado y el 1 de noviembre pasado, fue consentida por 98 diputados en primera lectura.

La oposición en contra

El vocero del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) en la Cámara de Diputados, Luis Henríquez, dijo que la propuesta es poco transparente, excluyente y violatoria. También el vocero de Fuerza del Pueblo, Tobías Crespo, consideró que viola el principio de irretroactividad.

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Joven periodista con experiencia en temas políticos, económicos y culturales. Sus especialidades incluyen periodismo de investigación, narrativa transmedia y fact-checking.