Las viejas prácticas realizadas por dominicanos que están prohibidas en el país en Fin de Año
Estas acciones traen consecuencias legales que muchos conocen, pero ni caso le hacen
En la víspera para cerrar el año los dominicanos tienen costumbres muy peculiares que los hacen únicos. El 31 de diciembre es un día en el que muchos comparten con sus familiares, realizan intercambios de regalos, se pasean por toda la casa con incienso, desechan algo viejo, entre otras prácticas.
Sin embargo, también realizan otras acciones que están prohibidas, pero que se han convertido en tradición en el país.
El uso de explosivos
Entre las acciones están los artefactos pirotécnicos o popularmente conocidos como explosivos, los cuales en muchas ocasiones, quienes más los usan son los niños y sin supervisión de sus padres. Existen más de 52 como son: “Las Patas de Gallina”, “La Cebollita”, “La Abejita”, “El Torpedo Chino”, “El Satélite”, “El Triangulito”, entre otros.
La venta de estos productos es ilegal en República Dominicana. La Ley 340-09 tiene por objeto regular las actividades de producción, comercialización, transportación, almacenamiento, distribución, y uso de artículos pirotécnicos o fuegos artificiales y su manipulación.
La ley explica que la detonación y uso de fuegos artificiales está a cargo exclusivamente de las empresas pirotécnicas mediante permisos que otorga el Ministerio de Interior y Policía.
Disparos al aire
Otra acción que se realiza en el país es los disparos al aire durante los festejos de Año Nuevo.
Esta acción ha dejado víctimas mortales en el país, por lo que cada año el Ministerio de Interior y Policía hace llamados a la población para mantener la seguridad ciudadana y evitar que tragedias manchen de sangre estas fiestas.
Además, esta institución reitera las consecuencias legales que puede traer ya que en diversas ocasiones han alcanzado a persona hasta a largas distancias.
Se recuerda que la Ley de Armas 631-16 establece sanciones para los que sin motivos hagan disparos y que incluyen incautación por un año y cancelación de la licencia, cárcel de un día a un año y una multa de uno a dos salarios mínimo del sector público.
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Ventas de bebidas alcohólicas fuera de hora
Pese a las restricciones de ventas de bebidas alcohólicas en el país, gran parte de los dominicanos amanecen festejando el nuevo año. Para muchos la tradición es acostarse el día 1ero de enero a las 7:00 de la mañana consumiendo alcohol, ya que en muchas ocasiones se lo venden de forma clandestina.
A excepción de la pandemia, desde el año 2006 las autoridades iniciaron con las restricciones del horario: de domingo a jueves hasta las 12:00 de la medianoche, mientras que de viernes a sábados es hasta las 3:00 de la madrugada.
Manejar bajo los efectos del alcohol
Otra de las prácticas que se realizan en el país es conducir bajo los efectos del alcohol, sin medir las consecuencias que podría traer.
Pese a los varias jornadas de concientización que ha realizado el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrat), los ciudadanos salen a conducir embriagados.
Se recuerda que esta acción lleva sanciones que están contenidas en la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana sobre conducir bajo los efectos del alcohol.
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Circulación de vehículos pesados
La circulación de vehículos pesados de carga en todo el territorio nacional está prohibido para Año Nuevo, incluidos para aquellos conductores que tienen permisos otorgados por el piloto para la Zona de Acceso Restringido (ZAR).
Pese a que no es nuevo el impedimento de esta acción, algunos conductores no acatan la medida.
Se recuerda que la prohibición exceptúa las camionetas, furgonetas, ambulancias, vehículos de emergencias y aquellos de servicio de agua en cisterna, electricidad, cable, telefonía, sanitario, de mantenimiento y asistencia vial y de higiene urbana.