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Finjus presenta observaciones a leyes electorales

Cree vacantes congresuales deben llenarse con resultados del proceso eleccionario

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Finjus presenta observaciones a leyes electorales
El vicepresidente de la Fundación Institucional y Justicia (Finjus), Servio Tulio Castaños, hablando con la comisión de la Cámara de Diputados. (FUENTE EXTERNA)

Sobre el entendido de que existen debilidades en las leyes electorales que contribuyen a la inequidad, que permite que los partidos mayoritarios ostenten el control casi absoluto de los recursos del Estado; que el transfuguismo debe tener sanciones directas y que existen retrancas para reconocer nuevas organizaciones, entre otros temas, la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) presentó una serie de observaciones en la comisión de la Cámara de Diputados que estudia la creación de un Código Electoral.

Las sugerencias están centradas en las reformas a las leyes 33-18 de partidos, agrupaciones y movimientos políticos y la 15-19, orgánica del régimen electoral, sobre las cuales la entidad considera que esas disposiciones vulneran derechos o violan mandatos constitucionales, evidenciando profundas debilidades que deben ser corregidas.

Se refiere a múltiples acciones directas de inconstitucionalidad que se han presentado ante el Tribunal Constitucional y otros recursos ante el Tribunal Superior Electoral (TSE) que han evidenciado lo descrito con anterioridad.

La entidad valoró el interés mostrado desde la Cámara Baja para retomar las discusiones electorales y consideró que resulta pertinente aunar esfuerzos entre las organizaciones partidarias, la Junta Central Electoral (JCE) y los demás sectores de la sociedad, a fin de lograr normativas que “se alejen de redacciones confusas, disposiciones de interpretación ambigua y/o de contradicción constitucional, vacíos normativos, entre otros”.

Con respecto a la Ley 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, la Finjus presentó observaciones sobre seis aspectos: requisitos para el reconocimiento; condena al transfuguismo político, distribución económica de los recursos del Estado; topes de gastos en la precampaña y contribuciones individuales; modalidad de escogencia de candidatos y sistema de consecuencias.

En tanto que sobre la Ley 15-19, Orgánica del Régimen Electoral, la Finjus presentó observaciones sobre cuatro aspectos: la normativa insuficiente sobre propaganda de medios digitales; obligatoriedad de los debates electorales; topes de gastos para la campaña electoral; sistema de consecuencias como por ejemplo para el transfuguismo, para garantizar el cumplimiento de las normas; sobre competencia contenciosa del TSE y otras consideraciones.

Sobre la distribución económica de los recursos del Estado, la Finjus expresa que constituye una herramienta que perpetúa la inequidad en el contexto electoral y partidario dominicano debido a que “permite a los partidos mayoritarios ostentar un control cuasi absoluto de los recursos provenientes del Estado y con ello alimentar practicas malsanas como el clientelismo político en detrimento de la iniciativa de participación política de sectores alternativos”.

Propone la Finjus que se impone establecer un sistema mixto de distribución y sugiere verificar si es viable fijar un porcentaje superior al 30 por ciento propuesto para los fondos a ser distribuidos en partes iguales, a fin de ser más equilibrado.

Además, sugiere reducir los topes de gastos en la precampaña y contribuciones individuales; establecer un sistema de consecuencias al tipificar de forma integral los delitos o infracciones de naturaleza política y además señala ante el auge de los medios digitales tomarlos en consideración para regular la propaganda electoral.

Sobre ello advertimos que el espectro digital queda desprovisto de sistemas de consecuencias, al menos de manera expresa, pues el actor político puede utilizar el mundo digital para continuar con la realización de propagandas y demás actuaciones que están limitadas por ley en determinados momentos, pero que solo se ha normado de manera física y/o en los medios tradicionales”, expresa el documento.

La Finjus rechazó la propuesta de que los debates electorales sean obligatorios debido a que pudieran entrar en pugna con ciertos derechos fundamentales y que la ausencia a éstos podría constituir una sanción natural del electorado ante la posible pérdida de confianza.

Asimismo, considera que avanzar en la reducción sustancial de los topes de gastos para la campaña electoral, especialmente en los niveles presidencial y congresual y que a través de un régimen de consecuencias suficientemente fuerte se desmotive sobrepasar los límites establecidos.

Entre el sistema de consecuencias que señala que debe establecerse, cita al transfuguismo debido a que debilita el sistema de partidos y afecta la credibilidad del elector en sus representantes populares y merma la calidad de la democracia.

Al condenar el transfuguismo político, al considerarlo como uno de los males del sistema de partidos en la última década, expresa que éste denota oportunismo político, perpetua costumbres arraigadas en el contexto electoral y partidario de violación de las reglas de convivencia, desorden en el financiamiento, confusión en la población y debilitamiento del sistema de partidos.

Propone para evitar esa práctica que entre los requisitos de los precandidatos, debe estar que el aspirante no haya participado como precandidato o candidato de otro partido para el mismo evento electoral.

“Es de interés que conjuntamente con lo indicado anteriormente sean revisados los presupuestos relativos a la condena al transfuguismo y como se encontraría traducido normativamente en cuanto a las consecuencias directas y/o sanciones de quien incurra en esta práctica. Para ello debe quedar delimitada su configuración de manera que no constituya vulneración al derecho de participación política”, reflexiona.

Vacantes congresuales

Con respecto a los escaños congresuales que se encuentren vacantes, la Finjus considera que el criterio que debe primar para suplir ese cargo electivo debe ser la fuerza electoral evidenciada en el proceso eleccionario de que se trató.

De esa forma, cree que se contribuye a garantizar la legitimidad representativa y la expresión soberana de los electores.

Voto preferencial

Durante el encuentro, el presidente de la Comisión Permanente de Junta Central Electoral de la Cámara Baja, Elías Wessin Chávez, planteó que sobre los métodos de elección se puede establecer un sistema mixto que contemple el voto preferencial y la lista cerrada.

De ese modo plantea que se escojan 28 legisladores por listas cerradas en circunscripciones de cuatro o más diputados y 150 diputados en la modalidad de voto preferencial.

TEMAS -

Periodista dominicana, uasdiana y con máster internacional. Ha trabajado en los periódicos Diario Libre y Listín Diario cubriendo noticias y reportajes de las áreas política, economía, educación y de revista. Ha ejercido la comunicación en radio, televisión, proyectos digitales y en Relaciones Públicas.