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Ronal Beldor
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TC confirma rechazo de demanda para eliminar noticia sobre Ronal Beldor

La publicación de Diario Libre lo menciona en una investigación relacionada con la red de narcotráfico atribuida a "César el Abusador"

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TC confirma rechazo de demanda para eliminar noticia sobre Ronal Beldor
Miembros del Tribunal Constitucional durante una audiencia. (DIARIO LIBRE/ARCHIVO)

El Tribunal Constitucional confirmó la sentencia que rechazó la acción de hábeas data presentada por Ronal Beldor contra Grupo Diario Libre y Google LLC, mediante la cual procuraba eliminar una publicación de 2019 que lo menciona en una investigación relacionada con la red de narcotráfico atribuida a César Emilio Peralta (César el Abusador).

En la sentencia TC/0900/26, el pleno admitió el recurso de revisión por considerar que planteaba una cuestión de especial trascendencia constitucional, pero lo rechazó en cuanto al fondo. Con ello mantuvo la decisión dictada el 22 de enero de 2026 por la Novena Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.

Beldor sostuvo que la permanencia de la información afectaba su honor, reputación y autodeterminación informativa. Alegó que la noticia le había ocasionado perjuicios económicos y sociales, entre ellos el cierre de una cuenta bancaria y el rechazo de una solicitud de préstamo. También afirmó que el tribunal de primera instancia no ponderó adecuadamente sus derechos frente a la libertad de expresión y que se limitó a consideraciones generales.

El Constitucional descartó esos argumentos. Determinó que la sentencia impugnada estaba debidamente motivada, pues examinó las pretensiones de las partes, las pruebas aportadas, los hechos establecidos y el derecho aplicable. También concluyó que el juez de amparo no desnaturalizó las evidencias ni convirtió el proceso en un simple juicio sobre la veracidad de la publicación.

Elementos del fallo

Uno de los elementos centrales del fallo es que la información cuestionada procedía de fuentes oficiales, revestía interés público y no contenía indicios de falsedad. El tribunal observó que la noticia no presentaba a Beldor como culpable ni formulaba una imputación penal directa, sino que informaba sobre una investigación y su interrogatorio en relación con un vehículo.

  • La propia parte accionante, añade la decisión, reconoció que había sido interrogada. Aunque presentó una certificación según la cual no figuraba sometido ante los tribunales del Distrito Nacional, esa constancia no desvirtuaba la existencia de una investigación vinculada también con autoridades haitianas.

El TC recordó que el hábeas data permite acceder, corregir, actualizar o suprimir informaciones personales que afecten ilegítimamente derechos fundamentales. Sin embargo, el simple alegato de un perjuicio no resulta suficiente. Para obtener la rectificación o eliminación de datos concretos, el interesado debe demostrar su falsedad, inexactitud, carácter discriminatorio, procedencia ilícita o tratamiento contrario a los principios de calidad, lealtad, seguridad y finalidad.

En este caso, Beldor no probó que los datos publicados fueran falsos o que Diario Libre hubiera actuado con intención de perjudicarlo. La información se refería a su esfera pública, por su condición de representante de Haití en el país, y a un asunto de evidente relevancia social. Su difusión quedó, por tanto, protegida por la libertad de prensa y por el derecho de la ciudadanía a recibir información.

El fallo reiteró que la libertad de expresión se aplica en internet como en cualquier otro medio, pero no ampara difamaciones, insultos, agravios ni informaciones ilógicas o desproporcionadas contra derechos de terceros.

La sentencia aborda asimismo el derecho al olvido y reconoce que los datos negativos no deben permanecer indefinidamente cuando han perdido justificación. No obstante, el tribunal entendió que ese principio no autorizaba la eliminación solicitada bajo las circunstancias acreditadas.

El magistrado Amaury Reyes Torres emitió un voto salvado, aunque coincidió con el rechazo del recurso. Precisó que Beldor puede entregar a Diario Libre y Google documentos que demuestren su desvinculación de la investigación y solicitar que el contenido sea actualizado. Si existiera una negativa arbitraria, agregó, podría procurar nuevamente tutela ante el juez de amparo. La decisión fue adoptada por mayoría y declaró el proceso libre de costas.

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