Elizabeth Silverio tras ser condenada: “Esto apenas comienza, no voy a bajar la cabeza”
Aseguró que en la Corte de Apelación demostrará su inocencia
Luego de que el Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional declaró culpable y dictó siete años de prisión en su contra, Elizabeth Silverio advirtió que su proceso apenas comienza porque sus abogados van a apelar la decisión.
Silverio fue hallada culpable de falsificar títulos universitarios para presentarse como neurocientífica y psicóloga. Las supuestas víctimas de sus acciones son niños con trastorno del espectro autista (TEA).
"Estamos frente a un tema de poderes y esto es importante que la gente lo comprenda y lo sepa, yo creo que esto apenas está comenzando, de rodillas ante Dios y de pie ante los hombres", manifestó Silverio a su salida del tribunal.
Al reiterar que no dañó a ninguno de los niños de las personas que se querellaron en su contra, dijo que no bajará la cabeza.
"Ahora bien, el tribunal se motiva movido, me imagino por la situación de unos padres que, mintiendo, le hacen creer al tribunal o la nación que sus hijos fueron dañados ¿y fueron dañados hasta el 17 de mayo? Porque antes de eso estaban muy bien", expresó.
Aseguró que en la Corte de Apelación demostrará su inocencia.
Sobre la condena
El Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a Elizabeth Silverio este lunes a siete años de prisión por ejercer la medicina y otras profesiones afines para el tratamiento a menores de edad con condiciones especiales sin las credenciales correspondientes.
El tribunal también le impuso pagar una indemnización de 2 millones de pesos a cada una de las nueve víctimas que se querellaron contra la ahora hallada culpable.
Silverio deberá cumplir la pena impuesta en el Centro de Reclusión y Rehabilitación Najayo Mujeres, en San Cristóbal.
El Ministerio Público había solicitado 10 años y el pago de 50 salarios mínimos.
El Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional declaró culpable a Silverio "de violar las disposiciones de los artículos 151 y 4-105 del Código Penal y el artículo 156 numeral 7 de la Ley 42-01 General de Salud, en perjuicio de las víctimas, querellantes, actores civiles y el Estado Dominicano", respectivamente.
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