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Tres meses de prisión preventiva a hombre que asesinó y descuartizó a su pareja en San Cristóbal

En la mañana del pasado 25 de mayo, José Osvaldo Cuevas se presentó ante las autoridades y confesó el horrendo crimen

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Tres meses de prisión preventiva a hombre que asesinó y descuartizó a su pareja en San Cristóbal
José Osvaldo Cuevas está acusado de asesinar a su expareja en San Cristóbal. (DIARIO LIBRE/DANIA ACEVEDO)

El Tribunal de Atención Permanente de San Cristóbal impuso tres meses de prisión preventiva, como medida de coerción, a un hombre que confesó haber asesinado y descuartizado a su expareja sentimental, en un hecho ocurrido en el sector Los Luna de Ingenio Nuevo, en ese municipio.

La medida fue impuesta a José Osvaldo Cuevas por el asesinato de su expareja, Eduarda Díaz Guzmán.

Para obtener la imposición de la medida de coerción, el Ministerio Público, representado por la procuradora fiscal Ingrid Maribel Guerrero Polanco, demostró la gravedad de los hechos cometidos por Cuevas y el riesgo que constituye para el proceso, que la medida implementada no fuera la prisión preventiva, dijo la Procuraduría General en una nota de prensa.

Los hechos se originaron la mañana del pasado 25 de mayo cuando Cuevas se presentó ante las autoridades y confesó haber cometido el crimen en contra de la víctima, de quien dijo tiró sus restos en fundas plásticas de color negro.

  • Al trasladarse al lugar indicado por el imputado, las autoridades encontraron los restos de Díaz Guzmán.

Estaba embarazada

La mujer de 40 años estaba embarazada de cinco meses, fruto de la relación con su agresor.

Según sus familiares, Eduarda se estaba quedando en la residencia de su madre después de poner fin a su relación con el victimario, quien la amenazaba constantemente. Indicaron que fue secuestrada el jueves 23 de mayo mientras se dirigía al trabajo en el Hospital Oliver Piña, donde era conserje.

Provisionalmente, el Ministerio Público le imputa a Cuevas la violación a las disposiciones de los artículos 295 (homicidio), 296 (asesinato), 297 (actuar con premeditación(, 298 (asechanza) y 304 del Código Penal Dominicano y artículos 83 y 86 de la Ley 631-16 sobre el uso de armas y materiales relacionados.

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