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DGII publicará nombres de los deudores cuyos casos hayan sido cerrados por la justicia

El contribuyente tiene un plazo de 30 días dictados por sentencia para pagar

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DGII publicará nombres de los deudores cuyos casos hayan sido cerrados por la justicia
La DGII agiliza cobra a deudores. (FUENTE EXTERNA)

Con el objetivo de fortalecer el cumplimiento de las obligaciones fiscales y maximizar la recuperación de la cartera de deudas tributarias, la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) informó este jueves que a partir del miércoles 1 de enero del 2025 publicará en su portal web las deudas tributarias de los contribuyentes, que, luego de haberse cumplido un plazo de 30 días otorgado por sentencia judicial, no hayan efectuado el pago de sus impuestos.  

El organismo hace la acotación de que solo publicará las deudas tributarias amparadas en sentencias con la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada a favor de la DGII, dictadas y notificadas por los tribunales competentes, que son consideradas "deudas firmes" tras este proceso.

Con esta explicación, la DGII justifica su derecho a publicitar las "deudas firmes", porque se trata de casos judiciales que agotaron todos los procesos y cuyas sentencias, de hecho, se encuentran disponibles en el portal de la Suprema Corte de Justicia (SCJ).

“En consecuencia, en estos casos no opera el deber de reserva dispuesto en el artículo 47 del Código Tributario”, reza el comunicado de entidad.

Prosigue que “las indicadas deudas firmes serán publicadas bajo la responsabilidad del contribuyente deudor, así como también de los responsables solidarios de la deuda, según lo dispuesto en el artículo 11 del Código Tributario (modificado por el artículo 3 de la Ley 25-24)”. 

Sin perjuicio de las gestiones de cobranzas que administrativamente se realicen, la existencia de una "deuda firme" afectará la calificación del scoring tributario del contribuyente. 

  • El scoring tributario es un sistema de valoración diseñado para evaluar el nivel de cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes.
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