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Las EDE deberán compensar a usuarios por cálculos "erróneos" en factura eléctrica

La SIE les ordenó compensar por refacturación a los usuarios regulados

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Las EDE deberán compensar a usuarios por cálculos erróneos en factura eléctrica
Las EDE deberán recalcular sus facturas emitidas desde noviembre de 2021 por tarifas aplicadas por error. (ARCHIVO)

A partir de septiembre próximo usuarios regulados podrán recibir otra compensación por parte de las Empresas Distribuidoras de Electricidad (EDE) debido a que, por disposición de la Superintendencia de Electricidad (SIE), tendrán que recalcular las facturas emitidas y acreditar o debitar a sus clientes diferencias tarifarias aplicadas erróneamente en noviembre de 2021 y enero y abril del 2022, cuando entraron en vigor ajustes tarifarios.

En la resolución SIE-080-2022-TF la SIE indica que las empresas distribuidoras le ofrecieron explicaciones de que requerían corregir sus sistemas de facturación para poder aplicar de forma efectiva el artículo 461 del Reglamento de Aplicación de la Ley General de Electricidad (Ralge) y la resolución SIE-021-2022-TF de marzo del presente año.

En el nuevo dictamen, emitido y publicado en la página web de la SIE, se instruye a Edesur Dominicana (Edesur), a la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (Edeeste) y a Edenorte Dominicana (Edenorte) a aplicar el referido artículo 461 del Ralge, que establece que, si en el periodo a facturar existen diferentes tarifas, en cada parte de dicho periodo debe facturarse según los términos vigentes en ese momento.

La disposición consigna la metodología que las EDE deben aplicar para realizar la compensación a sus clientes en procura de que ese proceso se haga de forma justa y transparente.

Añade que la diferencia entre los precios de la tarifa de transición a aplicar y la fracción de la tarifa aplicada que correspondía a noviembre 2021 y enero 2022 deberán ser acreditadas o debitadas, según corresponda, en la facturación de septiembre de 2022. En tanto que, los cambios tarifarios correspondientes a abril del 2022 deberán ser acreditados o debitados en la facturación de octubre de 2022.

“Quiere decir que, si dentro de un mismo período de facturación la tarifa experimenta una variación, los consumos realizados por el cliente deberán ser facturados de manera prorrateada de acuerdo a las condiciones tarifarias”, señala la entidad, que regula el subsector eléctrico, a través de un comunicado.

La SIE asegura que con esta disposición garantiza y fiscaliza que se cumpla irrestrictamente la disposición adoptada por el presidente Luis Abinader, el pasado 18 de julio, de suspender de forma temporal el desmonte del susbsidio, que fue establecido en el Pacto Eléctrico, firmado por los partidos políticos, empresarios y organizaciones sociales en febrero de 2021.

La aplicación del acuerdo que buscaba el ajuste de las tarifas eléctricas gradual y por etapas se inició el pasado 1 de abril y tenía previsto concluir en diciembre de 2026. La nueva decisión se adoptó hasta que las circunstancias económicas del país cambien.

La SIE recordó que el jefe del Estado revocó la decisión fundamentado en las condiciones extraordinarias mundiales que afectan el costo de la generación eléctrica y que, al mismo tiempo, está respondiendo a las preocupaciones de la sociedad.

Recordó que mediante la resolución SIE-068-2022-TF esa institución había dispuesto a las EDE revisar las facturas emitidas en julio y acreditar o debitar según corresponda, en la facturación de agosto, la diferencia entre los precios establecidos.

En el comunicado la SIE “aseguró que esta gestión realiza encomiables esfuerzos para enfrentar responsablemente los problemas eléctricos que lastran el desarrollo del país desde hace décadas, motivado por el compromiso asumido con el pueblo dominicano de propiciar un desarrollo a largo plazo que aumente la competitividad del país”.

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