Bonnat no pudo mostrar pruebas de inocencia y se ratifica sanción por dopaje
El pesista alegó el uso de sustancia para superar difusión eréctil
Zacarías Bonnat ha perdido su caso de apelación ante la Agencia Internacional de Pruebas (ITA), en una estrategia fallida de su equipo legal, que tuvo la oportunidad de que le fuera reducida, pero apostó a la anulación total.
El pesista, medallista de plata en los Juegos Olímpicos de Tokio-2020, no pudo someter la documentación que demostrara la sustancia prohibida que ingirió estaba adulterada y el organismo ratificó la sanción por cuatro años. Una sentencia que le impide competir local o internacional hasta el dos de diciembre de 2026 cuando estará cerca de cumplir 31 años.
La información se le comunicó esta semana al deportista y a la Federación Dominicana de Levantamiento de Pesas, conoció Diario Libre, mediante un e-mail enviado desde Lausana, Suiza, donde opera el órgano vigilante del juego limpio.
Origen y desarrollo
En una prueba fuera de competencia, que se le aplicó el 13 de noviembre de 2022, al monteplatense se le encontró SARM RAD 140 (un modulador de andrógenos que ayuda a crecer la masa muscular), que entró a la lista de sustancias prohibidas de la WADA en enero de ese año.
La noticia se informó el dos de diciembre de 2022 y al día siguiente el atleta pidió la revisión de la prueba B, en el laboratorio acreditado de Montreal, Canadá, que ratificó el positivo el 18 de enero de 2023.
De acuerdo a la sentencia de la ITA, en su defensa, Bonnat declaró que desde febrero de 2022 comenzó a tener problemas de difusión eréctil. Apeló a productos naturales, pero ese mes y hasta junio ingirió entre y una y tres tabletas diarias de Tribulus, que compró por Internet, tras revisar los ingredientes, consultar a su nutricionista “y no encontrar nada prohibido”, además de que otros atletas conocidos lo utilizaban.
El haltero dijo que en julio viajó a Colombia y compró el suplemento y lo continuó utilizando hasta noviembre. Una vez supo de su positivo alguien le informó que las autoridades colombianas habían emitido una alerta sobre supuesta falsificación del producto y que podía ser “peligroso para la salud”.
No pudo demostrar
Esa alerta, más una denuncia que aseguraba interpuso ante la Fiscalía del Distrito Nacional, que había referido el tema al Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF) para que analizara el producto, comprendía el grueso del expediente con el que se apelaba a derribar la suspensión.
Pero ni siquiera tenía la factura o receta de la compra hecha en Colombia, ni suministró documentos que certificaran esas investigaciones en el INACIF se hicieron.
La ITA le dio la oportunidad al deportista de suministrar argumentos adicionales o sustentar los antes planteados.
En febrero de 2023 se le dio un plazo de 20 días para que aceptara los resultados de la prueba B y así se le reduciría a tres años la suspensión (que terminaría en 2025), pero fue el 15 de abril que lo hizo y perdió esa ocasión.
En la ITA se cansaron de esperar que llevará documentación que probara su inocencia y el 20 de expiró el plazo. Sin embargo, el 11 de enero pasado se le dio otra prórroga y, nueva vez, Bonnat no presentó evidencias.
“En el presente caso, el atleta ha meramente especulado” y “ha sido incapaz de demostrar sus alegatos de defensa”, dice la sentencia. La ITA clara que el atleta se mantiene sujeto a ser examinado en cualquier momento.
Si bien la ITA deja abierta las puertas a una segunda apelación en el entorno de Bonnat han considerado la opción de apelar al Tribunal Internacional del Deporte (TAS), aunque es un proceso más costoso.