La Constitución y sus 39 modificaciones, con la reelección y concentración de poder como meta
Cambiaron los actores políticos y las coyunturas, pero no la meta común: la repostulación a la presidencia con amparo legal
Desde aspiraciones personales del presidente de turno, pasando por el empeño del Ejecutivo en lograr avances democráticos en un país lleno de desigualdades desde su nacimiento, las motivaciones de las reformas constitucionales en la República Dominicana conforman un abanico de situaciones y contextos.
El inventario de 39 reformas en 166 años, en las tres etapas fundamentales del país, Primera, Segunda y Tercera República (1844-2020), ponen de relieve intereses variopintos de dictadores y demócratas.
Desde la primera Carta Magna, firmada en San Cristóbal en 6 de noviembre de 1844, las cuatro últimas reformas de la etapa contemporánea, las de 1994, 2002, 2010 y 2015, se originaron, definieron y aprobaron con contextos muy diferentes, pero con un mismo objeto: la reelección presidencial.
La primera, en 1994, en la más profunda de las crisis registradas en la democracia dominicana por los cuestionados resultados de las elecciones de ese año que favorecieron a Joaquín Balaguer; la segunda por la pretensión del mandatario de turno, Hipólito Mejía, de continuar en el poder, cuando la Constitución se lo impedía, y la tercera, cuando Leonel Fernández que agotaba su segundo mandato, buscó mantenerse con posibilidades de volver a ser candidato en el futuro. En el 2015 se sumó a la lista otra coyuntura preelectoral con tintes reeleccionistas marcados, con Danilo Medina como presidente.
El “nunca jamás” de la Reforma de 1994
La crisis poselectoral surgida el 16 de mayo de 1994, en las que el presidente Joaquín Balaguer buscaba reelegirse ante el líder de masas del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) José Francisco Peña Gómez, alcanzó dimensiones que amenazaron la estabilidad democrática. La exclusión masiva de los votantes perredeistas de los padrones oficiales no quedó en el plano de las denuncias, aunque Balaguer asumiera su triunfo. Los resultados cuestionados eran demasiados como para ser ignorados.
La Iglesia católica, los partidos y la sociedad civil organizada obligaron a un renuente Balaguer a firmar lo que se denominó “Pacto por la democracia”, que dio lugar a una reforma constitucional y a la convocatoria a elecciones en dos años -el 16 de mayo de 1996- y a la “no reelección”. También, a la organización de elecciones alternadas en los niveles presidencial y congresional-municipal, con dos años de diferencia y la doble vuelta electoral en caso de que ningún partido obtuviera el 50 % más uno de los votos en la primera ronda.
Las elecciones de 1996, con Balaguer constitucionalmente imposibilitado de reelegirse, derivaron en un apoyo explícito del caudillo reformista al Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y su candidato Leonel Fernández, para minar las posibilidades de triunfo de Peña Gómez quien, habiendo ganado en la primera vuelta, terminó finalmente derrotado. Con esa Constitución se instaló en el Poder Ejecutivo el PLD para el período 1996-2000.
Nuevas elecciones y nueva reforma constitucional
El 16 de mayo del 2000, los dominicanos acudieron de nuevo a las urnas a elegir un presidente y vicepresidente, y el candidato del Partido Revolucionario Dominicano, Hipólito Mejía, logró casi el 50% de los sufragios (49.9%). La cercanía de los votos a la mitad más uno y la renuencia de Balaguer a apoyar una segunda vuelta forzaron al derrotado PLD y a su candidato presidencial, Danilo Medina, a aceptar los resultados.
Mejía llegó a la presidencia al amparo de una Constitución que prohibía la reelección, un “logro” de la democracia dominicana, y sellaba las heridas abiertas por la crisis electoral de 1994. Sin embargo, pronto buscó apoyos para cambiar la Carta Magna y poder reelegirse. El rechazo lo encontró en diferentes sectores sociales y políticos y en su propia organización. El presidente de su partido y dirigente histórico de la organización Hatuey de Camps, fue expulsado por no apoyar a Mejía y formó tienda aparte con la fundación del Partido Revolucionario Social Demócrata (PRSD).
Milagros Ortiz Bosch, vicepresidenta de la República, abogó días antes de la aprobación de la reforma por la búsqueda de un consenso en el partido recordando que “cada vez que han pretendido negociar sin consolidar su unidad interna, han fracasado”.
Semanas antes de la firma de la reforma constitucional era evidente el “entusiasmo de sectores oficialistas” con la propuesta reeleccionista. Monseñor Agripino Núñez Collado, entonces prominente representante de la Iglesia católica y de poderes fácticos, entregó el 27 de mayo un anteproyecto de reforma con varias sugerencias a los senadores Enrique López y Ginette Bournigal, quienes lo recibieron y dijeron a la prensa que también retomarían el proyecto preparado por el extinto senador Darío Gómez, quien fuera uno de los primeros en sumarse al releccionismo.
El 25 de julio de 2002, tras enardecidos debates, Mejía logró los votos congresionales necesarios para imponer una nueva reforma para modificar el l artículo 49 de modo que permitiera la reelección consecutiva: “El Poder Ejecutivo se ejerce por el Presidente de la República, quien será elegido cada cuatro años por voto directo. El Presidente de la República podrá optar por un segundo y único período constitucional consecutivo, no pudiendo postularse jamás al mismo cargo, ni a la Vicepresidencia de la República”.
Lo que consiguió en el Congreso (según sus opositores con la compra de legisladores) se lo arrebató la crisis económica del 2003-2004, periodo en el colapsó gran parte del sistema financiero y disparó la inflación a niveles récords. El PLD y su candidato Leonel Fernández retomaron el poder en las elecciones del 16 mayo del 2004. La reforma impulsada por Mejía permitió que Fernández se reeligiera en 2008.
La del 2010 que se incubó con el “pacto de las corbatas azules”
La siguiente reforma se aprobó en el 2010 y tuvo como preámbulo el llamado pacto de “las corbatas azules” entre el presidente Leonel Fernández y su otrora rival en el 2008, Miguel Vargas Maldonado, presidente del Partido Revolucionario Dominicano (PRD), convertido en líder de la oposición tras perder los comicios del 2008 como candidato presidencial.
El 14 de mayo de 2009 en el Hotel Jaragua, la rúbrica abrió el camino a una nueva reforma constitucional que eliminó la elección consecutiva y el “nunca jamás” introducidos en la reforma del 2002, lo que permitía a Fernández postularse nuevamente en el futuro. La Constitución reformada fue promulgada el 26 de enero del 2010.
El artículo 124 establecía la que “Elección presidencial. El Poder Ejecutivo lo ejerce el Presidente o la Presidenta de la República, quien será elegido o elegida cada cuatro años por voto directo.
La reforma del PLD y su mayoría, en favor de la reelección de Danilo en el 2015
La permanencia del PLD en poder en el 2012, con Danilo Medina como presidente, derivó en una disputa interna que enfrentó a sus dos líderes principales. El entonces mandatario Medina y su antecesor y compañero fundador de la organización Leonel Fernández.
Medina decidió reelegirse y no dudó en utilizar su poder congresual para producir otro cambio en la Constitución que le permitiera continuar al frente del Poder Ejecutivo en las elecciones del 2016. El rechazo de Fernández y parte de los miembros de la organización desató una confrontación abierta entre ambos, a la que se sumaron líderes opositores y sectores de la sociedad civil organizada.
El PLD reeditaba así en sus filas las luchas internas que protagonizaron en el pasado los principales líderes del PRD por mantener el control de las candidaturas a cargos electivos.
El conflicto terminó en el 2015 con la firma de un pacto de 15 puntos, suscrito por los miembros del Comité Político y ratificado por el Comité Central y la Asamblea Nacional de Delegados.
El 13 de junio de 2015 fue votada y proclamada con un único artículo reformado, el 124: restituir la reelección consecutiva y el “nunca jamás” que fueron aprobados bajo Hipólito Mejía en el 2002. La vigésima disposición transitoria estableció: “En el caso de que el presidente de la República correspondiente al período constitucional 2012-2016, sea candidato al mismo cargo para el período constitucional 2016-2020, no podrá presentarse para el siguiente período ni a ningún otro período ni a la Vicepresidencia de la República.”
La reforma no habilitó a Medina, si bien hubo algunas discusiones sobre el efecto retroactivo. La trampa estaba en el transitorio. Tras varios meses durante los que mantuvo a la opinión pública expectante, Medina anunció el 12 de julio de 2019 que no aspiraría a renovar su mandato. Las razones de su decisión fueron objeto de numerosas conjeturas. Se llegó a decir que una llamada telefónica del secretario de Estado norteamericano, Mike Pompeo, lo disuadió de su propósito.