Ocupan 18 máquinas tragamonedas en Santiago
Las intervenciones fueron realizadas en negocios ubicados en los sectores Hato Mayor, La Otra Banda, Cienfuegos, Marylópez y otros
La Dirección Regional Cibao Central de la Policía Nacional informó este jueves, que incautó 18 máquinas tragamonedas, durante un operativo realizado en las últimas horas en barrios de Santiago.
Las intervenciones fueron realizadas en negocios ubicados en los sectores Hato Mayor, La Otra Banda, Cienfuegos, Marylópez y otros.
En los operativos participaron representantes del Ministerio Público.
Fiordaliza Popa Arias, vocera de la Policía Nacional en Santiago, manifestó que con esa operación la uniformada busca minimizar el uso de máquinas tragamonedas que no tienen permiso para operar como lo establece la Ley 29-06, que autoriza la expedición de licencias para el establecimiento de juegos de azar.
Las máquinas confiscadas serán remitidas en las próximas horas al Ministerio de Hacienda, para los fines legales correspondientes.
No se informó sobre personas detenidas durante las operaciones.
Ley 29-06 de juegos de azar
El artículo No.11, que modifica el artículo No.1, establece que todo casino de juegos autorizado tendrá una administración responsable, y los nombres, profesión, domicilio y documentos de identidad de sus integrantes deberán ser declarados e inscritos en los registros de la Comisión de Casinos, para el conocimiento de cualquier interesado.
La Comisión de Casinos tendrá a su cargo un registro actualizado de la administración responsable de los casinos de juegos en operación en el país y se completará con la declaración jurada en donde se haga constar los nombres y referencias de sus miembros, declaración que será del conocimiento de cualquier tercero que se considere afectado por un determinado casino de juegos. Se anotará en dicho registro, cualquier cambio que ocurra en los mismos.
“Los miembros de la administración responsable no podrán sustituirse por otras personas físicas o morales ni transferir la licencia que les haya sido acordada sin previa aprobación del Poder Ejecutivo, tramitada vía la Comisión de Casinos.”
Mientras que el art 12, dice que “ Las licencias vigentes y aquéllas que se otorguen para la operación de un casino de juegos de azar, podrán ser modificadas o retiradas temporal o definitivamente por el Poder Ejecutivo, por motivos de orden público o por violación o incumplimiento grave de los requisitos y obligaciones que impone la presente ley.”